Políticas Públicas de desarrollo urbano y segregación residencial en San Luis Potosí
por Victor Manuel Gutiérrez Sánchez
Introducción.
En el presente trabajo se pretende analizar la forma en que las urbanizaciones privadas cerradas (1) han sido privilegiadas en el municipio de San Luis Potosí, S.L.P., durante las tres últimas décadas por algunas políticas públicas locales de suelo urbano y por el marco normativo, generando prácticas socioeconómicas ampliamente conocidas como de segregación residencial, con la intención de identificar y explicar las consecuencias de ello desde una perspectiva sociológica, así como las redes de políticas generadas por los propietarios y ciudadanos que habitan estas comunidades privadas como acción pública para mantener un adecuado nivel de gobernabilidad como un mecanismo complementario para proveerse de servicios públicos.
A partir de una serie de hechos observados en relación al espacio urbano y su gestión, en la forma de urbanizaciones cerradas, se analiza el fenómeno de la segregación residencial desde un enfoque sociológico concibiéndolo como un asunto público, ya que la ciudad atañe a todos sus habitantes, por lo que debería de ser de interés general la manera en que ésta se va transformando cotidianamente y las relaciones que estas transformaciones guardan con cada uno de los ciudadanos que la cohabitan.
De las múltiples aristas de este problema que pueden estudiarse, el interés particular que ocupa a este análisis es la inclusión del problema en la agenda pública de los asuntos relativos al desarrollo urbano, la cual involucra a una serie de agentes insertos en cada uno de los sectores de la sociedad –algunos incluso representados en más de uno-, buscando así explicar las condicionantes en torno a esta forma de gestionar el espacio habitacional, que han definido su posición con respecto a la agenda, y determinar así la pertinencia de este asunto para ser abordado desde un enfoque de políticas públicas.
Descripción del problema.
El fenómeno que ocupa a este análisis, aparece y prolifera en la ciudad de San Luis Potosí durante las últimas tres décadas, y consiste en la gestión, construcción, promoción y habitación de urbanizaciones cerradas. De acuerdo con una observación de campo previamente realizada, hacia el año 2008, son alrededor de 200 urbanizaciones en la ciudad de San Luis Potosí las que se identifican con las características definidas por Elia Canosa en un estudio seminal sobre el tema donde describe a este tipo de espacios como conjuntos de viviendas con servicios y equipamientos propios, de carácter privado, los propios residentes sufragan los gastos de mantenimiento y dirigen su funcionamiento. (Canosa, 2002).
Sin dejar de reconocer la libertad de cada individuo a organizarse para vivir de la manera que considere mejor, el presente análisis parte de que vivir en una urbanización cerrada es sintomático de una problemática macro, y que además genera una serie de impactos a las sociedades urbanas que no ha sido suficientemente valorado.
Notas
(1) El concepto está relacionado con lo que la bibliografía sobre el tema denomina también como gated communities, ghetto, ghettos de lujo, comunidades de estilo de vida, comunidades de prestigio, residential segregation, enclaves fortificados, urbanizaciones privadas de acceso controlado, supermanzanas cerradas, ciudad galáctica, ciudad jardín, fraccionamiento residencial campestre, privada, urbanizaciones cerradas de alta calidad, urbanizaciones cerradas de lujo, cotos cerrados, la ciudad blindada, Condominios fechados (Brasil). Barrios cerrados (Argentina).
El asunto adquiere relevancia desde el enfoque de políticas públicas cuando se vincula al concepto de segregación residencial por dos razones principalmente: en primer lugar, se trata de un asunto que en estudios previos, como el referido anteriormente, han sido planteadas en torno a los impactos que este tipo de desarrollos generan a la ciudad desde un punto de vista vial y urbano, entre los que se pueden destacar las dificultades de circulación vial que conlleva una concentración habitacional con un solo punto de acceso y salida, el impedimento a la continuidad de la traza urbana y su morfología en un modelo de largo alcance en extensión, entre otros aspectos que podrían enumerarse como ejemplos de impactos negativos, además de que en términos sociales, la autoexclusión y la privatización de servicios tienen un gran potencial para crear y ampliar divisiones sociales y conflictos entre los residentes y el gobierno local (Canosa, 2002). Por otra parte, en una mayor vinculación con este último aspecto, el asunto de delegar en los particulares una serie de atribuciones normativamente correspondientes al gobierno, tales como el suministro de servicios públicos –seguridad, recolección de basura, alcantarillado, alumbrado, entre otros.- y la gestión del espacio público para la planeación del desarrollo urbano –usos y destinos del suelo en áreas de donación, que este esquema no aplica por sustituirse por el concepto de área común-, nos lleva a cuestionar el tema de la gobernabilidad desde un renovado enfoque que, más allá de la discusión terminológica, considere el aspecto de la participación privada en los asuntos de gobierno y la coparticipación de las responsabilidades de éste.
La inclusión de asuntos públicos en la agenda.
La segregación residencial adquiere diferentes connotaciones dependiendo de los diferentes contextos en que se ha abordado como asunto público. Así tenemos que en Europa se vincula generalmente al racismo antisemita (2), mientras que en Estados Unidos se refiere a la discriminación de los diversos grupos étnicos, especialmente las personas de raza negra (3). Aún con interesantes casos de estudio en Iberoamérica, en nuestro país se ha estudiado poco el problema, y únicamente se han encontrado trabajos enfocados a este fenómeno en ciudades como Monterrey, Guadalajara y Tijuana, y se refiere principalmente a nivel socioeconómico (4). Se puede decir que a nivel local se trata de un asunto que no ha sido abordado desde la investigación en ciencias sociales.
Notas
(2) Un ejemplo lo podemos encontrar en el studio de BOLT, Gideon; Burguers, Jack; y van Kempen, Roland (1998) On the social significance of spatial location; Spatial segregation and social inclusion. Housing and the Built Environment Vol. 13 No. 1 pp.83-95
(3) Véase por ejemplo, a MASSEY, Douglas S.; y Denton, Nancy A. (1993) American Apartheid. Segregation and the Making of the Underclass. Harvard University Press. Cambridge. 292 p.
(4) véanse por ejemplo, los trabajos de ALEGRÍA, Tito (1994) Segregación socioespacial urbana. El ejemplo de Tijuana. Estudios Demográficos y Urbanos 26, El Colegio de México, Vol. 9, núm. 2, mayo-agosto, 1994. pp. 411-428; el de CABRALES Barajas, Luis Felipe y Canosa Zamora, Elia (2001) Segregación residencial y fragmentación urbana. Los fraccionamientos cerrados en Guadalajara. Espiral, Enero/Abril, Año/Vol. 7 Num. 020, Universidad de Guadalajara, pp.223-253; y el de GARCÍA Cavazos, A.R. (1991) Una evaluación de la vivienda en condominio: el caso de Monterrey. Estudios Demográficos y Urbanos 16, El Colegio de México, Vol. 6, Num. 1, enero-abril, pp. 117-148
Un trabajo altamente clarificador, en la medida que ayuda a entender la manera en que un problema público llega a formar parte de la agenda de gobierno, lo constituye el documento de Barbara J. Nelson (5), en donde se describe el desarrollo mediante el cual una situación se constituye en un asunto de políticas públicas y deja de ser considerado un problema privado y/o ocasional.
Acorde con este estudio, se ha tomado como base el enfoque de la formación de la agenda tomando en cuenta los ciclos de los problemas, a partir de dividir en cuatro etapas la trayectoria del proceso de formación de la agenda, en términos de iniciación, especificación, expansión y entrada del problema.
Con base al estado de la cuestión en el ámbito local, uno de los principales retos lo constituye el transformar una preocupación inicial en un asunto público, para eventualmente especificarlo para que en su expansión acceda a formar parte de la agenda de gobierno, independientemente de las posibles respuestas que puedan surgir a partir de su formulación y fijación en dicha agenda. La intención de este análisis no es en este punto proponer o diseñar las posibles políticas de solución a dicho problema, sino analizarlo desde un enfoque de políticas públicas, concebidas éstas como un proceso de solución de problemas de interés para la sociedad en su conjunto.
Es por ello que resulta pertinente analizar los agentes que confluyen en torno al asunto, interviniendo cada uno de ellos de acuerdo a sus intereses y enfocándolo desde su perspectiva. Cabe aclarar que no se trata de un asunto nuevo, sino de un enfoque nuevo aplicado a una preocupación que ha venido evolucionando en el tiempo en las distintas sociedades urbanas, no siendo la nuestra la excepción.
De tal manera, el asunto de las urbanizaciones cerradas, que tal vez no es un asunto político pero sí es, no obstante, politizable, tiene que ver con la gobernabilidad, nueva, participativa y/o democrática, de un asunto tan cotidiano como es el habitar la ciudad. Como se mencionó anteriormente, es posible identificar la participación de los tres sectores de la sociedad –pública, privada y social- en torno a este fenómeno, de tal forma que el ámbito público está representado por los agentes de la administración gubernamental encargados del desarrollo urbano, los cuales planifican, regulan y ejecutan las decisiones en torno a este aspecto en el que los desarrollos habitacionales se circunscriben. Su papel tradicional y normativo venía siendo el de revisar y en su caso autorizar los proyectos de fraccionamientos, municipalizar los servicios públicos, y recibir las áreas de donación correspondientes (6), para aplicar dichas reservas de suelo por medio de equipamientos que se destinan de acuerdo a los instrumentos de planeación vigentes. Actualmente, estas funciones se han visto modificadas por medio del concepto de Fraccionamiento en Condominio, en el que la figura de área de donación se sustituye por la de área común, dejando de ser atribución gubernamental la de determinar su uso y/o destino.
Es probable que este recurso sea parte de una estrategia del desarrollador para comercializar la privacidad y el estatus de su fraccionamiento, pero también es una medida mediante la cual evita que el área de donación forme parte del inventario municipal, donde las decisiones que se atribuye en torno al uso del suelo de dichas áreas, han sido cuestionables en términos de beneficio social colectivo.
Notas
(5) “Setting the Public Agenda”, -originalmente publicado en 1978-, consultado en la traducción de Alva Senzek y compilación de Luis F. Aguilar en 1996, con el título de “La formación de una agenda. El caso del maltrato a los niños”.
(6) 15% del total o 20% del área vendible, según el Reglamento de Construcción del Municipio de San Luis Potosí, 1995.
Por su parte los servicios públicos urbanos, tales como la seguridad pública, el servicio de limpia y recolección de basura, el alumbrado y alcantarillado público, y el mantenimiento de la vía pública, principalmente, dejan de ser responsabilidad de las autoridades municipales al constituirse el esquema condominal, pasando a ser responsabilidad de los vecinos que, establece la normatividad (7) deberán estar adecuadamente organizados para su representación y toma de decisiones colectivas.
Es oportuno señalar la diferencia entre el papel del sector privado, encargado de la gestión, construcción y promoción del fraccionamiento, y el sector social, cuya responsabilidad es la organización vecinal y la representación colectiva de los intereses ciudadanos, entre sí mismos y ante las autoridades municipales. El primero es el que interactúa de manera directa en la gestión del tipo de régimen que operará en el fraccionamiento, y el segundo actúa en respuesta al tipo de vivienda que ha elegido para vivir, -adquiriendo o arrendando-, en una propiedad que generalmente define sus características de gestión antes de ser habitada.
Ahora bien, de acuerdo con el enfoque cíclico que propone Nelson, el asunto debe ser primeramente reconocido por la opinión pública como un asunto importante, para ser percibido como un tema relevante y pertinente de agendar entre los problemas públicos, de esta manera podrá aspirar a ingresar en los instrumentos de acción gubernamental, con la correspondiente participación ciudadana en la actualización, evaluación y seguimiento de sus acciones. Si consideramos estos mecanismos en los procesos de consulta para actualización de los instrumentos de planeación y los consejos consultivos ciudadanos que operan en institutos como el de planeación municipal (IMPLAN), además de la representación asumida por funcionarios y síndicos municipales, así como la interacción de la asociación de condóminos, entonces se estará hablando de un proceso de políticas públicas en torno al problema, y no de una simple y unidireccional acción gubernamental.
Es importante identificar el proceso mediante el cual se consideraría que el asunto ha ingresado en la agenda de gobierno, con la finalidad de poder establecer la etapa de la trayectoria en la que se ubica el problema. A lo anterior, se podría considerar que el asunto público de la segregación residencial ha ingresado a la agenda cuando sea uno de los aspectos a considerar en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano municipal, como pueden ser el Programa Estatal de Desarrollo Urbano de San Luis Potosí, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano de San Luis Potosí y el Plan de Centro Estratégico de Población de San Luis Potosí-Soledad de Graciano Sánchez, desde un enfoque de planeación y, en términos prácticos, en la actividad cotidiana de la Dirección de Administración del Desarrollo Urbano y el Instituto Municipal de Planeación, ambos dependientes del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí.
Al basarse en buena medida en la inclusión en la agenda legislativa y en la operación técnica de los instrumentos normativos, ambos en lo referente al desarrollo urbano, el asunto requiere del reconocimiento gubernamental para su tratamiento como un problema público, y esta etapa del ciclo de agendación está condicionada también por la disposición cultural e institucional, así como en la coyuntura política, vinculada sa la apertura del interés gubernamental en lo que sería un tema nuevo, como lo es el de la segregación residencial.
Como en el caso referido por Nelson, el desarrollo de investigación empírica y metódica puede desempeñar una parte importante, especialmente en la etapa de especificación del
Notas
(7) Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio. H. Congreso del Estado de San Luis Potosí (2005).
problema, además de que el interés puede incrementarse gradualmente como una reacción favorable a las investigaciones derivadas del planteamiento inicial. Es por ello que este trabajo aspira a contribuir en el reconocimiento público de un problema urbano, por parte de los ciudadanos, enfáticamente en los habitantes de las urbanizaciones cerradas y, esperanzadamente en los posibles futuros investigadores del tema desde diversas y más profundas perspectivas.
Conclusiones
Al igual que en el caso exhaustivamente descrito por Nelson, referente al maltrato de los niños, la segregación residencial deberá invocar a normas sociales relativas al problema de la segregación residencial que admitan poca o ninguna oposición al respecto. El tema de la equidad puede considerarse como la principal bandera si se busca ingresar este asunto a la agenda, privilegiándolo incluso sobre el de la libertad. Por supuesto que cada quién tiene derecho a vivir como mejor le parezca, pero este análisis busca cuestionar lo que pasa cuando esa elección afecta colectivamente a los habitantes de la ciudad, y hasta que punto la planeación del desarrollo urbano puede y debe permitir la proliferación de este tipo de urbanizaciones, antes de llegar a una ciudad conformada por entidades aisladas y fortificadas, -con un habitante hipotéticamente indiferente a las condiciones de vida fuera de su enclave y, por lo tanto a los asuntos políticos más allá de los límites de su interés particular-, con un alto porcentaje de los servicios públicos manejados por la iniciativa privada y una autoridad municipal cada vez más dispuesta a ceder sus responsabilidades y atribuciones en manos de los ciudadanos.
Probablemente este análisis pueda ser criticado de alarmista en torno a un problema que a nivel local no es ni siquiera percibido como tal, así como de utilizar modelos y experiencias desarrolladas en otras ciudades y países para tratar de explicar un asunto particular. Lo cierto es que las urbanizaciones cerradas son un fenómeno en expansión en la ciudad de San Luis Potosí, que no sólo se trata de una manifestación asociada a altos niveles socioeconómicos –ya se observan condominios de interés social-, y que es un asunto que no ha sido considerado con la suficiente profundidad por las autoridades del desarrollo urbano, como consta la normatividad y práctica institucional con atribuciones y responsabilidades relativas a este asunto. Y también es demostrable que, para muchos asuntos que hoy son indiscutiblemente parte de la agenda, puede identificarse un referente temporal en el que no eran considerados como problemas, mucho menos asuntos públicos, por ejemplo la calidad del medio ambiente, o el mencionado ejemplo del maltrato a los niños.
Fuentes de información
CANOSA Zamora, Elia (2002) El privilegio de la autonomía. Ghettos de lujo en Madrid. Publicado en la compilación de Lavastre, Philippe; Mas, Rafael (2002) Propiedad urbana y crecimiento de la ciudad. Seminario celebrado en febrero 2002. Universidad Autónoma de Madrid Ediciones, Casa de Velázquez, Madrid, España pp. 283-309.
H. CONGRESO del Estado de San Luis Potosí (2005) Ley sobre el régimen de propiedad en condominio en el Estado de San Luis Potosí. Instituto de Investigaciones Legislativas, LVII Legislatura. 27 p.
NELSON, Barbara J.; con la asistencia de Lindenfeld, Thomas (1978) La formación de una agenda. El caso de maltrato a los niños. Publicado en la compilación de Aguilar Villanueva, Luis F. (1996) Problemas públicos y agenda de gobierno. Miguel Angel Porrúa, México, D.F., pp. 105-140.
En el presente trabajo se pretende analizar la forma en que las urbanizaciones privadas cerradas (1) han sido privilegiadas en el municipio de San Luis Potosí, S.L.P., durante las tres últimas décadas por algunas políticas públicas locales de suelo urbano y por el marco normativo, generando prácticas socioeconómicas ampliamente conocidas como de segregación residencial, con la intención de identificar y explicar las consecuencias de ello desde una perspectiva sociológica, así como las redes de políticas generadas por los propietarios y ciudadanos que habitan estas comunidades privadas como acción pública para mantener un adecuado nivel de gobernabilidad como un mecanismo complementario para proveerse de servicios públicos.
A partir de una serie de hechos observados en relación al espacio urbano y su gestión, en la forma de urbanizaciones cerradas, se analiza el fenómeno de la segregación residencial desde un enfoque sociológico concibiéndolo como un asunto público, ya que la ciudad atañe a todos sus habitantes, por lo que debería de ser de interés general la manera en que ésta se va transformando cotidianamente y las relaciones que estas transformaciones guardan con cada uno de los ciudadanos que la cohabitan.
De las múltiples aristas de este problema que pueden estudiarse, el interés particular que ocupa a este análisis es la inclusión del problema en la agenda pública de los asuntos relativos al desarrollo urbano, la cual involucra a una serie de agentes insertos en cada uno de los sectores de la sociedad –algunos incluso representados en más de uno-, buscando así explicar las condicionantes en torno a esta forma de gestionar el espacio habitacional, que han definido su posición con respecto a la agenda, y determinar así la pertinencia de este asunto para ser abordado desde un enfoque de políticas públicas.
Descripción del problema.
El fenómeno que ocupa a este análisis, aparece y prolifera en la ciudad de San Luis Potosí durante las últimas tres décadas, y consiste en la gestión, construcción, promoción y habitación de urbanizaciones cerradas. De acuerdo con una observación de campo previamente realizada, hacia el año 2008, son alrededor de 200 urbanizaciones en la ciudad de San Luis Potosí las que se identifican con las características definidas por Elia Canosa en un estudio seminal sobre el tema donde describe a este tipo de espacios como conjuntos de viviendas con servicios y equipamientos propios, de carácter privado, los propios residentes sufragan los gastos de mantenimiento y dirigen su funcionamiento. (Canosa, 2002).
Sin dejar de reconocer la libertad de cada individuo a organizarse para vivir de la manera que considere mejor, el presente análisis parte de que vivir en una urbanización cerrada es sintomático de una problemática macro, y que además genera una serie de impactos a las sociedades urbanas que no ha sido suficientemente valorado.
Notas
(1) El concepto está relacionado con lo que la bibliografía sobre el tema denomina también como gated communities, ghetto, ghettos de lujo, comunidades de estilo de vida, comunidades de prestigio, residential segregation, enclaves fortificados, urbanizaciones privadas de acceso controlado, supermanzanas cerradas, ciudad galáctica, ciudad jardín, fraccionamiento residencial campestre, privada, urbanizaciones cerradas de alta calidad, urbanizaciones cerradas de lujo, cotos cerrados, la ciudad blindada, Condominios fechados (Brasil). Barrios cerrados (Argentina).
El asunto adquiere relevancia desde el enfoque de políticas públicas cuando se vincula al concepto de segregación residencial por dos razones principalmente: en primer lugar, se trata de un asunto que en estudios previos, como el referido anteriormente, han sido planteadas en torno a los impactos que este tipo de desarrollos generan a la ciudad desde un punto de vista vial y urbano, entre los que se pueden destacar las dificultades de circulación vial que conlleva una concentración habitacional con un solo punto de acceso y salida, el impedimento a la continuidad de la traza urbana y su morfología en un modelo de largo alcance en extensión, entre otros aspectos que podrían enumerarse como ejemplos de impactos negativos, además de que en términos sociales, la autoexclusión y la privatización de servicios tienen un gran potencial para crear y ampliar divisiones sociales y conflictos entre los residentes y el gobierno local (Canosa, 2002). Por otra parte, en una mayor vinculación con este último aspecto, el asunto de delegar en los particulares una serie de atribuciones normativamente correspondientes al gobierno, tales como el suministro de servicios públicos –seguridad, recolección de basura, alcantarillado, alumbrado, entre otros.- y la gestión del espacio público para la planeación del desarrollo urbano –usos y destinos del suelo en áreas de donación, que este esquema no aplica por sustituirse por el concepto de área común-, nos lleva a cuestionar el tema de la gobernabilidad desde un renovado enfoque que, más allá de la discusión terminológica, considere el aspecto de la participación privada en los asuntos de gobierno y la coparticipación de las responsabilidades de éste.
La inclusión de asuntos públicos en la agenda.
La segregación residencial adquiere diferentes connotaciones dependiendo de los diferentes contextos en que se ha abordado como asunto público. Así tenemos que en Europa se vincula generalmente al racismo antisemita (2), mientras que en Estados Unidos se refiere a la discriminación de los diversos grupos étnicos, especialmente las personas de raza negra (3). Aún con interesantes casos de estudio en Iberoamérica, en nuestro país se ha estudiado poco el problema, y únicamente se han encontrado trabajos enfocados a este fenómeno en ciudades como Monterrey, Guadalajara y Tijuana, y se refiere principalmente a nivel socioeconómico (4). Se puede decir que a nivel local se trata de un asunto que no ha sido abordado desde la investigación en ciencias sociales.
Notas
(2) Un ejemplo lo podemos encontrar en el studio de BOLT, Gideon; Burguers, Jack; y van Kempen, Roland (1998) On the social significance of spatial location; Spatial segregation and social inclusion. Housing and the Built Environment Vol. 13 No. 1 pp.83-95
(3) Véase por ejemplo, a MASSEY, Douglas S.; y Denton, Nancy A. (1993) American Apartheid. Segregation and the Making of the Underclass. Harvard University Press. Cambridge. 292 p.
(4) véanse por ejemplo, los trabajos de ALEGRÍA, Tito (1994) Segregación socioespacial urbana. El ejemplo de Tijuana. Estudios Demográficos y Urbanos 26, El Colegio de México, Vol. 9, núm. 2, mayo-agosto, 1994. pp. 411-428; el de CABRALES Barajas, Luis Felipe y Canosa Zamora, Elia (2001) Segregación residencial y fragmentación urbana. Los fraccionamientos cerrados en Guadalajara. Espiral, Enero/Abril, Año/Vol. 7 Num. 020, Universidad de Guadalajara, pp.223-253; y el de GARCÍA Cavazos, A.R. (1991) Una evaluación de la vivienda en condominio: el caso de Monterrey. Estudios Demográficos y Urbanos 16, El Colegio de México, Vol. 6, Num. 1, enero-abril, pp. 117-148
Un trabajo altamente clarificador, en la medida que ayuda a entender la manera en que un problema público llega a formar parte de la agenda de gobierno, lo constituye el documento de Barbara J. Nelson (5), en donde se describe el desarrollo mediante el cual una situación se constituye en un asunto de políticas públicas y deja de ser considerado un problema privado y/o ocasional.
Acorde con este estudio, se ha tomado como base el enfoque de la formación de la agenda tomando en cuenta los ciclos de los problemas, a partir de dividir en cuatro etapas la trayectoria del proceso de formación de la agenda, en términos de iniciación, especificación, expansión y entrada del problema.
Con base al estado de la cuestión en el ámbito local, uno de los principales retos lo constituye el transformar una preocupación inicial en un asunto público, para eventualmente especificarlo para que en su expansión acceda a formar parte de la agenda de gobierno, independientemente de las posibles respuestas que puedan surgir a partir de su formulación y fijación en dicha agenda. La intención de este análisis no es en este punto proponer o diseñar las posibles políticas de solución a dicho problema, sino analizarlo desde un enfoque de políticas públicas, concebidas éstas como un proceso de solución de problemas de interés para la sociedad en su conjunto.
Es por ello que resulta pertinente analizar los agentes que confluyen en torno al asunto, interviniendo cada uno de ellos de acuerdo a sus intereses y enfocándolo desde su perspectiva. Cabe aclarar que no se trata de un asunto nuevo, sino de un enfoque nuevo aplicado a una preocupación que ha venido evolucionando en el tiempo en las distintas sociedades urbanas, no siendo la nuestra la excepción.
De tal manera, el asunto de las urbanizaciones cerradas, que tal vez no es un asunto político pero sí es, no obstante, politizable, tiene que ver con la gobernabilidad, nueva, participativa y/o democrática, de un asunto tan cotidiano como es el habitar la ciudad. Como se mencionó anteriormente, es posible identificar la participación de los tres sectores de la sociedad –pública, privada y social- en torno a este fenómeno, de tal forma que el ámbito público está representado por los agentes de la administración gubernamental encargados del desarrollo urbano, los cuales planifican, regulan y ejecutan las decisiones en torno a este aspecto en el que los desarrollos habitacionales se circunscriben. Su papel tradicional y normativo venía siendo el de revisar y en su caso autorizar los proyectos de fraccionamientos, municipalizar los servicios públicos, y recibir las áreas de donación correspondientes (6), para aplicar dichas reservas de suelo por medio de equipamientos que se destinan de acuerdo a los instrumentos de planeación vigentes. Actualmente, estas funciones se han visto modificadas por medio del concepto de Fraccionamiento en Condominio, en el que la figura de área de donación se sustituye por la de área común, dejando de ser atribución gubernamental la de determinar su uso y/o destino.
Es probable que este recurso sea parte de una estrategia del desarrollador para comercializar la privacidad y el estatus de su fraccionamiento, pero también es una medida mediante la cual evita que el área de donación forme parte del inventario municipal, donde las decisiones que se atribuye en torno al uso del suelo de dichas áreas, han sido cuestionables en términos de beneficio social colectivo.
Notas
(5) “Setting the Public Agenda”, -originalmente publicado en 1978-, consultado en la traducción de Alva Senzek y compilación de Luis F. Aguilar en 1996, con el título de “La formación de una agenda. El caso del maltrato a los niños”.
(6) 15% del total o 20% del área vendible, según el Reglamento de Construcción del Municipio de San Luis Potosí, 1995.
Por su parte los servicios públicos urbanos, tales como la seguridad pública, el servicio de limpia y recolección de basura, el alumbrado y alcantarillado público, y el mantenimiento de la vía pública, principalmente, dejan de ser responsabilidad de las autoridades municipales al constituirse el esquema condominal, pasando a ser responsabilidad de los vecinos que, establece la normatividad (7) deberán estar adecuadamente organizados para su representación y toma de decisiones colectivas.
Es oportuno señalar la diferencia entre el papel del sector privado, encargado de la gestión, construcción y promoción del fraccionamiento, y el sector social, cuya responsabilidad es la organización vecinal y la representación colectiva de los intereses ciudadanos, entre sí mismos y ante las autoridades municipales. El primero es el que interactúa de manera directa en la gestión del tipo de régimen que operará en el fraccionamiento, y el segundo actúa en respuesta al tipo de vivienda que ha elegido para vivir, -adquiriendo o arrendando-, en una propiedad que generalmente define sus características de gestión antes de ser habitada.
Ahora bien, de acuerdo con el enfoque cíclico que propone Nelson, el asunto debe ser primeramente reconocido por la opinión pública como un asunto importante, para ser percibido como un tema relevante y pertinente de agendar entre los problemas públicos, de esta manera podrá aspirar a ingresar en los instrumentos de acción gubernamental, con la correspondiente participación ciudadana en la actualización, evaluación y seguimiento de sus acciones. Si consideramos estos mecanismos en los procesos de consulta para actualización de los instrumentos de planeación y los consejos consultivos ciudadanos que operan en institutos como el de planeación municipal (IMPLAN), además de la representación asumida por funcionarios y síndicos municipales, así como la interacción de la asociación de condóminos, entonces se estará hablando de un proceso de políticas públicas en torno al problema, y no de una simple y unidireccional acción gubernamental.
Es importante identificar el proceso mediante el cual se consideraría que el asunto ha ingresado en la agenda de gobierno, con la finalidad de poder establecer la etapa de la trayectoria en la que se ubica el problema. A lo anterior, se podría considerar que el asunto público de la segregación residencial ha ingresado a la agenda cuando sea uno de los aspectos a considerar en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano municipal, como pueden ser el Programa Estatal de Desarrollo Urbano de San Luis Potosí, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano de San Luis Potosí y el Plan de Centro Estratégico de Población de San Luis Potosí-Soledad de Graciano Sánchez, desde un enfoque de planeación y, en términos prácticos, en la actividad cotidiana de la Dirección de Administración del Desarrollo Urbano y el Instituto Municipal de Planeación, ambos dependientes del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí.
Al basarse en buena medida en la inclusión en la agenda legislativa y en la operación técnica de los instrumentos normativos, ambos en lo referente al desarrollo urbano, el asunto requiere del reconocimiento gubernamental para su tratamiento como un problema público, y esta etapa del ciclo de agendación está condicionada también por la disposición cultural e institucional, así como en la coyuntura política, vinculada sa la apertura del interés gubernamental en lo que sería un tema nuevo, como lo es el de la segregación residencial.
Como en el caso referido por Nelson, el desarrollo de investigación empírica y metódica puede desempeñar una parte importante, especialmente en la etapa de especificación del
Notas
(7) Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio. H. Congreso del Estado de San Luis Potosí (2005).
problema, además de que el interés puede incrementarse gradualmente como una reacción favorable a las investigaciones derivadas del planteamiento inicial. Es por ello que este trabajo aspira a contribuir en el reconocimiento público de un problema urbano, por parte de los ciudadanos, enfáticamente en los habitantes de las urbanizaciones cerradas y, esperanzadamente en los posibles futuros investigadores del tema desde diversas y más profundas perspectivas.
Conclusiones
Al igual que en el caso exhaustivamente descrito por Nelson, referente al maltrato de los niños, la segregación residencial deberá invocar a normas sociales relativas al problema de la segregación residencial que admitan poca o ninguna oposición al respecto. El tema de la equidad puede considerarse como la principal bandera si se busca ingresar este asunto a la agenda, privilegiándolo incluso sobre el de la libertad. Por supuesto que cada quién tiene derecho a vivir como mejor le parezca, pero este análisis busca cuestionar lo que pasa cuando esa elección afecta colectivamente a los habitantes de la ciudad, y hasta que punto la planeación del desarrollo urbano puede y debe permitir la proliferación de este tipo de urbanizaciones, antes de llegar a una ciudad conformada por entidades aisladas y fortificadas, -con un habitante hipotéticamente indiferente a las condiciones de vida fuera de su enclave y, por lo tanto a los asuntos políticos más allá de los límites de su interés particular-, con un alto porcentaje de los servicios públicos manejados por la iniciativa privada y una autoridad municipal cada vez más dispuesta a ceder sus responsabilidades y atribuciones en manos de los ciudadanos.
Probablemente este análisis pueda ser criticado de alarmista en torno a un problema que a nivel local no es ni siquiera percibido como tal, así como de utilizar modelos y experiencias desarrolladas en otras ciudades y países para tratar de explicar un asunto particular. Lo cierto es que las urbanizaciones cerradas son un fenómeno en expansión en la ciudad de San Luis Potosí, que no sólo se trata de una manifestación asociada a altos niveles socioeconómicos –ya se observan condominios de interés social-, y que es un asunto que no ha sido considerado con la suficiente profundidad por las autoridades del desarrollo urbano, como consta la normatividad y práctica institucional con atribuciones y responsabilidades relativas a este asunto. Y también es demostrable que, para muchos asuntos que hoy son indiscutiblemente parte de la agenda, puede identificarse un referente temporal en el que no eran considerados como problemas, mucho menos asuntos públicos, por ejemplo la calidad del medio ambiente, o el mencionado ejemplo del maltrato a los niños.
Fuentes de información
CANOSA Zamora, Elia (2002) El privilegio de la autonomía. Ghettos de lujo en Madrid. Publicado en la compilación de Lavastre, Philippe; Mas, Rafael (2002) Propiedad urbana y crecimiento de la ciudad. Seminario celebrado en febrero 2002. Universidad Autónoma de Madrid Ediciones, Casa de Velázquez, Madrid, España pp. 283-309.
H. CONGRESO del Estado de San Luis Potosí (2005) Ley sobre el régimen de propiedad en condominio en el Estado de San Luis Potosí. Instituto de Investigaciones Legislativas, LVII Legislatura. 27 p.
NELSON, Barbara J.; con la asistencia de Lindenfeld, Thomas (1978) La formación de una agenda. El caso de maltrato a los niños. Publicado en la compilación de Aguilar Villanueva, Luis F. (1996) Problemas públicos y agenda de gobierno. Miguel Angel Porrúa, México, D.F., pp. 105-140.
No hay comentarios:
Publicar un comentario