viernes, 28 de noviembre de 2008

¿Gobernabilidad o Gobernanza?


Buscando la claridad y aplicabilidad del término


Por Victor Manuel Gutiérrez Sánchez.


Introducción.

En la actualidad se puede encontrar una amplia bibliografía y discusión teórica en torno a la transformación hacia nuevas formas de gobernar, que resulten acordes con las condiciones de la realidad contemporánea, las particularidades de cada lugar y las aspiraciones de la sociedad. Este tácito reconocimiento de una nueva forma de dirigir los destinos colectivos se ha venido denominando como gobernanza en cada vez más textos en castellano, con una ligereza preocupante, como si el resurgimiento de este término antiguo y extraño a nuestro idioma fuese el sustituto ideal para el agotado -o cuestionado, por decir lo menos-, término de gobernabilidad, lo cual motiva a hacer un análisis teórico conceptual en torno a la acepción que el término tendría en nuestro entorno local, y si en este marco contextual resulta pertinente utilizarlo para definir los esquemas vigentes de relación entre gobernantes y gobernados.

Evolución del concepto de Gobernabilidad.

Al revisar el derrotero que este concepto ha seguido a lo largo de su evolución histórica, se puede observar que la gobernabilidad ingresa en la agenda en los años ’70 junto con el surgimiento de nuevos movimientos e identidades sociales, y la parábola declinante del “Estado de Bienestar” (Camou, 2001: 9). Su ingreso a cada una de las dimensiones de la visión integral de la agenda -pública, gubernamental y social-, ha sido paulatino pero permanente. Hoy en día pocos pudieran cuestionar la cuestión normativa –el deber ser- de ciertos atributos valorativos en torno al ejercicio del poder, en los cuales se fundamenta el término, ya que se apoya en principios de valor unívoco como la democracia, la equidad, y la convivencia en un ambiente de respeto a los derechos individuales y colectivos.
No obstante, hay quien señala que la noción de “gobernabilidad” no tiene perfiles analíticos claros, esta ambigüedad en el uso del término se explica por la combinación, o más claramente la yuxtaposición, de diferentes tradiciones teóricas y valorativas, que convergen desde lejanos tiempos y que se disputan en la actualidad un mismo campo semántico. Dichas tradiciones son la de “razón de Estado” y su continuidad en términos del modelo del gobierno eficaz; la tradición del “buen gobierno” que se inicia con las reflexiones de Platón y Aristóteles; y, finalmente, la tradición del problema del orden político y su continuidad en la preocupación de la ciencia política contemporánea (especialmente estadounidense) por la “estabilidad política” (Camou, 2000: 159).
Un trabajo altamente clarificador en el esfuerzo por construir una definición mínima aplicable a las condiciones vigentes en el entorno nacional y contemporáneo, es el que realiza Antonio Camou, quien reconoce el constante cambio que presenta el estado en el sentido de la interacción y negociación entre gobernados y gobernantes, y las cualidades que se esperan de estos últimos en el ejercicio del poder. De tal forma, para este autor, gobernabilidad es un estado de equilibrio dinámico entre el nivel de las demandas societales y las capacidades del sistema político para responderlas de manera legítima y eficaz (Camou, 2000: 186)
En América Latina la discusión en torno al concepto se encuentra de manera clara enmarcada por agotamiento del Estado Interventor, evidenciado por algunos autores en la manifestación de factores típicos de “ingobernabilidad” según se aprecian en el contexto reciente latinoamericano, tales como el manejo ineficaz de los asuntos económicos, la incapacidad –o la desatención- para responder a elementales necesidades sociales, y la irrupción de la violencia (Camou, 2001: 9).
De esta forma, llegamos a lo que parece ser el primer indicio de diferenciación que debe aclararse para utilizar correctamente el término: el contexto en el que se utiliza. No es lo mismo hablar de gobernabilidad en países industrializados que hacerlo en países en desarrollo, ni siquiera entre cada uno de los comprendidos en esta diferenciación básica son suficientemente similares para aplicarles el mismo parámetro. Si se observa comparativamente puede apreciarse que, aunque hay rasgos comunes en cuanto a la valoración de la gobernabilidad, también debe distinguirse de los que resultan propios de cada sociedad (Valadés, 2005: IX)
Otro aspecto a distinguir cuando se habla de gobernabilidad se refiere al contexto temporal, y es que tanto la gobernabilidad como la gobernanza han sido criticados por la misma razón: la obsolescencia en el uso de un término antiguo. De acuerdo con la bibliografía consultada, todo indica que el primero en utilizar la voz gobernabilidad fue el constitucionalista británico Walter Bagehot, quien identificaba al orden y a la obediencia como elementos de la cultura política de su país y los asociaba con lo que denominaba governability. (Valadés, 2005: IX). Otros autores confirman que el término fue usado por primera vez en 1870, por Sir Walter Bagehot en la acepción “governability, governableness: the estate or quality of being governable” (Camou, 2001: 17). De tal forma, el término correcto remite a la idea de gobernación y, aunque algunos autores consideran que hoy resulta anticuado utilizar el término gobernanza, ambos son definidos como acción y efecto de gobernar o gobernarse (Camou, 2001: 18).
De esta manera, llegamos a otro aspecto importante a considerar dentro de esta discusión conceptual, el contexto lingüístico. Si bien la gobernabilidad es parte del contexto constitucional y político de un país, nos dice Diego Valadés, un reconocido lingüista (entre otros atributos y campos de dominio reconocidos a este prominente intelectual mexicano), que en español la voz es mucho más reciente, ya que su uso se generó a partir de la generalización en inglés, y apenas fue aceptada por la Academia de la Lengua Española en la 22ª ed. Del Diccionario (2001) (Valadés, 2005: IX). Cuando se alude al Estado de derecho como uno de los factores de la gobernabilidad, continúa el autor, por lo general sólo se atiende al sentido anglosajón de rule of law. Según la definición de este autor la evolución del concepto de estado de derecho ha ido complementándose históricamente al incorporar la dimensión democrática, social y más recientemente cultural, para mantenerse vigente y pertinente, y lo mismo podríamos argumentar en torno al concepto de gobernabilidad, de tal forma que tal vez no estemos ante un concepto caduco o rebasado, sino ante la necesidad de integrarlo con condiciones que han adquirido relevancia con respecto al contexto en que se formuló originalmente.
Este mismo autor, que también es un destacado constitucionalista, afirma que el Estado constitucional guarda una relación directa e inmediata con la gobernabilidad, porque de esta última depende la positividad de la norma constitucional. Sin su aplicación efectiva, entonces, la Constitución es sólo una declaración política. A su vez, enfatiza la inexorabilidad de la estructura jurídica cuando afirma que el ejercicio del poder sin sujeción a lo preceptuado por su estatuto jurídico, no corresponde a un Estado constitucional, y por lo mismo tampoco pertenece al ámbito de estudio de la gobernabilidad democrática. Tomando en cuenta esto, la gobernabilidad resulta de la estructura constitucional de un sistema. Para Valadés el imperio, entendido como la capacidad de hacerse obedecer por los destinatarios de las decisiones, no es una forma de gobernabilidad, es una manera de ejercer el poder directo, una forma indeseable de ejercicio del poder hoy día. Para abundar en la explicación de lo anterior, el autor se apoya aquí en la distinción clásica entre poder y autoridad: el primero como expresión de fuerza, y la segunda como resultado de la razón. (Valadés, 2005: X-XI) cabe aclarar que este enfoque es altamente normativo, hecho evidenciado en el papel privilegiado que atribuye al establecimiento constitucional de las condiciones irreductibles de la gobernabilidad.
Si reconocemos que hoy nos encontramos en la etapa democrática del constitucionalismo, como establece la bibliografía que se refiere en este análisis, tendremos que reconocer que el esquema de los controles normativos se ha hecho más complejo y, además de los agentes que entre sí ejercen los órganos del poder, se debe incluir en esta estructura a la ciudadanía (de manera individual y organizada) y a los entes descentralizados: estados, regiones, municipios y organismos dotados de autonomía. La gobernabilidad entonces concierne a estas nuevas formas de poder, considerablemente más complejas que en sus orígenes. (Valadés, 2005: XI)
Desde la perspectiva del gobernado, la gobernabilidad adquiere el carácter de un derecho: el derecho al buen gobierno. Para advertir este derecho es útil la teoría del status elaborada por Jellinek y es que, conforme a esta teoría existen tres formas de relación de las personas con el Estado, de orden negativo, positivo y activo. En el primer caso la subordinación de los individuos al Estado llega hasta donde el derecho ordena, y la esfera de libertad de la persona está integrada por todo lo substraído del dominio del Estado; se trata de la relación básica en términos establecidos constitucionalmente; el segundo caso consiste en el derecho que tienen los individuos a utilizar los servicios ofrecidos por el Estado, o a beneficiarse de las acciones estatales de carácter prestacional. En este caso la organización de individuos para eficientar el suministro y administro de dichos servicios adquiere relevancia. El tercer caso corresponde a la posibilidad del individuo de participar en las actividades del Estado, como votar o desempeñar cargos públicos. La evolución del Estado constitucional contemporáneo permite identificar una cuarta forma de relación, en este caso de orden pasivo: los gobernados tienen derecho a un buen gobierno. Más allá de lo que implica el Estado de derecho social y democrático, que ha sido la tendencia dominante en los sistemas constitucionales contemporáneos, las sociedades tienen derecho a un gobierno razonable, eficaz, oportuno, equitativo, previsor y preventivo. (Valadés, 2005: XI)
Estos esquemas, que pueden identificarse con el concepto del buen gobierno, imponen a los órganos de poder la proscripción de la arbitrariedad, entendida como la obligación de aplicar el derecho de manera razonable; la solución de tantos problemas como resulte materialmente posible, sin la generación a cambio de nuevas dificultades; la acción oportuna para eludir el surgimiento o el agravamiento de problemas; la promoción de condiciones sociales de equidad, y el conocimientos anticipado de los riesgos y de las opciones de solución. En este punto la idea de buen gobierno se enlaza con la de gobernabilidad. (Valadés, 2005: XII) La intervención gubernamental debe ser generadora de soluciones a los problemas de la sociedad, y a la vez mantener una condición de equilibrio entre la generación de nueva problemática, contando con diversos esquemas para la participación ciudadana.
Como se señala anteriormente, las acciones previsora y preventiva son parte de las responsabilidades del gobierno, e incluyen la valoración de sus propias decisiones, para que no se conviertan en causa de acontecimientos o de circunstancias desfavorables. Los órganos del poder deben valorar el impacto de sus decisiones o de sus omisiones (Valadés, 2005: XII). En este punto se refiere a dos momentos de la acción gubernamental, el de la planeación de sus acciones y el de la evaluación del impacto de dichas acciones.
Finalmente, y en concordancia con los estudios analizados en este trabajo, en un estado constitucional la tarea de gobernar, y el desempeño que estimamos característico de la gobernabilidad, corresponden a todos los órganos investidos de competencia para ejercer actos de autoridad. Las consideraciones que asocian la gobernabilidad sólo con los órganos de gobierno en estricto sentido, no se adecuan a la naturaleza del Estado constitucional; obedecen, en cambio, a un concepto que deriva de la tradición autoritaria, conforme al cual las decisiones y las acciones del poder en su conjunto eran adoptadas por una persona o por un grupo cercano al titular del órgano de gobierno. (Valadés, 2005: XIII-XIV). De lo anterior se puede concluir que, según algunos destacados analistas del tema, el concepto de gobernabilidad no ha caducado, sino que, en todo caso, estamos ante una nueva condición que obliga a considerar un papel más activo de los sectores privado y social, en torno a la tarea de gobernar. Pareciera ser que lo que se ha agotado es el esquema en que la sociedad civil asume una postura pasiva y no el concepto de gobernabilidad, que más que nunca requiere de una aproximación renovadora y profundizadora que asegure su vigencia y, sobre todo su aplicabilidad y pertinencia en la práctica.

Gobernanza y sus variaciones.

Uno de los primeros problemas con los que se enfrenta el estudioso de los múltiples subcampos de las ciencias sociales, es la ambigüedad conceptual en torno los términos como los que ocupan este análisis. Una de las primeras cuestiones que llaman la atención es la profusión con que se utiliza el término “gobernanza”, algunos autores señalan que en la literatura especializada reciente, el término es popular pero impreciso (Rhodes, 1996: 652). Este mismo autor señala que la principal dificultad al abordar este concepto es la ambigüedad con que se utiliza. Él identifica al menos seis usos, referentes a: el estado mínimo; gobernanza corporativa; la nueva gerencia pública; la “buena gobernanza”; sistemas socio-cibernéticos; y redes de auto-
organización. (Rhodes, 1996: 652) por lo cual, señala, el concepto tiene demasiados usos para resultar útil.
Autores como Antonio Camou, han identificado tres fuentes principales de controversia o ambigüedad en torno al término:
Dificultad de delimitar conceptualmente ¿A que cosa hace referencia la gobernabilidad?
Carencia de un modelo analítico para el estudio de los problemas de gobernabilidad (¿Cómo y porqué surgen los déficits de gobernabilidad?
Necesidad de esclarecer las complejas relaciones entre el ejercicio del gobierno democrático y el logro de adecuados niveles de gobernabilidad. (Camou, 2001: 17)
Distinguiendo entre gobernabilidad “calidad, estado o propiedad de ser gobernado”, gobernable “capaz de ser gobernado”, y por consiguiente ingobernable “incapaz de ser gobernado”, el resurgimiento del término se debe en buena medida al texto que muchos consideran canónico, y que es el primer estudio sistemático sobre gobernabilidad democrática, el cual fue elaborado por Crozier, Huntington y Watanuki, titulado The Crisis of Democracy, en 1975. Se trata de un reporte sobre la gobernabilidad de las democracias, presentado a la Comisión Trilateral, con un claro enfoque comparativo en materia económica y política. (Valadés, 2005: X; Camou, 2001: 9) Años más tarde, la Comission of Global Governance elaboró otro reporte (Our Global Neighbourhood, Nueva York, Oxford University Press, 1995), en el que ya fueron incluidos problemas jurídicos sobre la gobernabilidad, referidos al ámbito del derecho internacional. (Valadés, 2005: X;)
Este cuestionamiento en torno a la crisis de la democracia, está precedido por un espíritu de pesimismo y urgencia, que caracterizaba al contexto temporal en que se generó. No obstante, los autores consideran viables los sistemas democráticos en un sentido fundamental, creen que pueden funcionar con las condiciones existentes, particularmente si son sensibles a las sutiles interrelaciones entre libertad y responsabilidad (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 4). De tal manera, la discusión sobre “la crisis de la democracia” se establece para hacer más fuerte a la democracia conforme crece y se acerca más al ideal, y cuando estos expertos hablan de la crisis de la democracia se refieren a la duda en torno a que las democracias del mundo puedan seguir operando en la forma en que lo venían haciendo, sin modificar su modus operandi en la búsqueda de adaptarse a nuevas condiciones.
Ellos identifican tres tipos de retos, contextuales, estructurales/sociales e intrínsecos, para alcanzar el ideal democrático desde la perspectiva de la gobernanza. Comienzan describiendo los retos contextuales, los cuales surgen automáticamente de los ambientes externos en que las democracias operan y no son directamente un producto del funcionamiento del gobierno democrático en sí mismo. De esta manera, queda claro que para ellos la viabilidad de la democracia está claramente relacionada con las tendencias estructurales y sociales del país (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 4-5).
Posteriormente definen los denominados retos intrínsecos, probablemente los que más seriamente condicionan la viabilidad el gobierno democrático, ya que se desarrollan directamente del funcionamiento de la democracia, partiendo del supuesto de que los gobiernos democráticos no necesariamente funcionan en un esquema de equilibrio auto sustentado y auto correctivo, dicen, es posible que más bien funcionen de manera en que surjan fuerzas y tendencias internas, que sin la supervisión de una agencia externa, eventualmente conduzcan al socavamiento de la democracia (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 8).
En tal situación, adquiere particular relevancia la viabilidad de las instituciones democráticas, ciudadanos individuales y grupos organizados participando más activamente en la política de sus sociedades de lo que lo habían hecho previamente, derechos de los ciudadanos ante el estado más firmemente garantizados y protegidos, (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 157-158)
En este estudio se señala que la clase media ha escalado en sus expectativas y aspiraciones, y por lo tanto están dadas las condiciones para que esta clase social adopte nuevos estilos de vida y nuevos valores socio políticos, determinadas también por la falta de confianza en las instituciones democráticas, la cual es claramente excedida por la falta de entusiasmo por cualquier alternativa constitucional (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 159)
En tal situación, la maquinaria de la democracia continúa operando, pero la capacidad de los individuos para operar esa maquinaria de toma de decisiones tiende a deteriorarse. Sin un propósito común, no hay bases para prioridades comunes, no hay las bases para distinguir entre intereses y atribuciones privadas competentes. Objetivos conflictivos e intereses especializados se sobreponen uno al otro, con ejecutivos, gabinetes, parlamentos y burócratas careciendo de criterio para discriminar entre ellos. Es sistema se vuelve una democracia inestable, en la cual la política democrática se vuelve más una arena para la aserción de intereses de conflictos que un proceso para la construcción de intereses comunes. (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 160-161)
En el estudio referido, se identifican y se enlistan las disfunciones de la democracia desde la perspectiva de la gobernanza:
(1) La búsqueda de las virtudes democráticas de equidad e individualismo ha conducido a la deslegitimación de la autoridad en general y a la pérdida de la confianza en el liderazgo.
(2) La expansión democrática de participación política e involucramiento ha creado una “sobrecarga” en el gobierno y la desbalanceada expansión de actividades gubernamentales, exacerbando tendencias inflacionarias en la economía.
(3) La competencia política esencial a la democracia se ha intensificado, conduciendo a una desagregación de interese y a la declinación y fragmentación de los partidos políticos.
(4) La responsividad del gobierno democrático al electorado y a las presiones sociales incentiva el parroquialismo nacionalista en la medida en que las sociedades democráticas conducen sus relaciones internacionales. (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 161)

Otros textos analizados utilizan la palabra “gobernanza” en el sentido de “arte o manera de gobernar”, diferente de “gobernabilidad” (cualidad de gobernable) (Colomer y Negretto, 2003: 13), de lo cual se deduce uno de los supuestos básicos de este análisis, y es que ambos términos no pueden ser utilizados como sinónimos en estricto sentido. En buena medida, la pertinencia del término está determinada por el contexto en el que se utilice. Por ejemplo, trabajos de enfoque institucionalista, como el referido, aplican el concepto de gobernanza cuando se refieren, en el contexto de la toma de decisiones en el Congreso, a la toma de decisiones “colectivamente” satisfactorias, desde el punto de vista de los actores institucionales más directamente implicados y decisiones “socialmente” satisfactorias desde el punto de vista de los ciudadanos a los que pretenderían representar (Colomer y Negretto, 2003: 17). En este ejemplo, la clave para la obtención de resultados favorables a la representación basada en el punto medio, se fundamentan en la negociación de incentivos para la cooperación institucional.
Gobernanza se refiere para otros a “redes inter organizacionales, auto-organizadas” y estas redes complementan mercados y jerarquías como estructuras de gobierno para allegarse recursos autoritariamente y ejercer control y coordinación. Tales redes se caracterizan por la confianza y el ajuste mutuos y debilitan las reformas gerenciales basadas en la competencia; y son un reto a la gobernabilidad porque se vuelven autónomas y resisten la dirección central (Rhodes, 1996: 652).
En tal caso, gobernanza puede significar un cambio en el significado de gobierno, referirse a un nuevo proceso de gobernar; o a una condición cambiada de las reglas del orden; o el nuevo método por el cual la sociedad es gobernada (Rhodes, 1996: 652-653). En este sentido, resulta clarificadora la lista que el autor realiza de lo que considera las características compartidas de la “gobernanza”:
(1) Interdependencia entre organizaciones. La gobernanza es más amplia que el gobierno, incluyendo a actores no-estatales. Cambiar las fronteras del estado significa que las fronteras entre los sectores público, privado y voluntario se están volviendo cambiantes y opacas.
(2) Interacciones continúas entre los miembros de una red, a causa de la necesidad de intercambio de recursos y la negociación de propósitos compartidos.
(3) Interacciones tipo juego, fundadas en la confianza y reguladas por las normas del juego negociadas y consensadas por los participantes de la red.
(4) Un grado significativo de autonomía del estado. Las redes no son responsables ante el estado; son auto-reguladas. Aunque el estado no ocupe una posición privilegiada y soberana, puede indirecta e imperfectamente manipular a las redes. (Rhodes, 1996: 660)

En el trabajo revisado en esta parte del análisis se señala que enfocarse en la gobernanza puede diluir, e incluso disolver, la distinción entre estado y sociedad civil. El estado se vuelve una colección de redes interorganizacionales creadas por actores gubernamentales o sociales sin un actor con soberanía para dirigir o regular. La gobernanza como redes auto-organizadas es una estructura distinta de gobernar como mercados y jerarquías. El reto fundamental para el gobierno, desde esta perspectiva, es propiciar esas redes y buscar nuevas formas de cooperación. (Rhodes, 1996: 666)
Mientras que en el concepto de gobernabilidad el asunto parece ser la aplicabilidad en distintos contextos para fundamentar la aplicabilidad del término, los apologistas de la gobernanza la presentan como un enfoque completamente nuevo, que requiere de una fundación teórica primordial. Tenemos por ejemplo, el texto de Jan Kooinman en donde observa que existen elementos comunes que están siendo aplicadas en distintos textos al concepto de gobernanza, según está siendo utilizado en diversas subdisciplinas de las ciencias sociales, el énfasis en las reglas y las cualidades de los sistemas, la cooperación para incrementar la legitimidad y la eficacia y la atención a nuevos procesos y acuerdos público-privado (Kooinman, 2004: 171)
El éxito aparente del concepto, señala este autor, parece ser que reside en que refleja la necesidad social de nuevas iniciativas basadas en la realización de crecientes interdependencias sociales (Kooinman, 2004: 171)
Una forma de gobernanza es lo que se puede llamar gobernanza interactiva o socio-política. Esta perspectiva de la gobernanza toma diferentes formas de interacción socio-política como punto central en el que se establecen diferentes distinciones, tales como las que se dan entre autogobernanza, cogobernanza y gobernanza jerárquica y entre ordenes de gobernanza tales como el primer orden de gobernanza, que implica la solución de problemas y la creación de oportunidades, el segundo orden de gobernanza, que contempla las condiciones interinstitucionales, y la metagobernanza que se refiere a los principios que gobiernan la propia gobernanza (Kooinman, 2004: 171). Como se puede apreciar, en este trabajo encontramos la complejidad con la que está siendo abordado el término, derivándolo en sub categorías cuando aún no hay consenso en la acepción y utilización del término.
Ante esta profusión de definiciones y variantes en torno a la gobernanza, resulta clarificador el esquema planteado por Pasquet desde la perspectiva de la geo-gobernanza que a continuación se incluye:





En este esquema se simplifica el ámbito organizacional en tres dominios donde las reglas, arreglos y mecanismos de coordinación están basados en diferentes principios:
El dominio económico/de mercado (B) donde las fuerzas de la oferta y la demanda y el mecanismo del precio son las normas; el dominio estatal (C) donde la coerción y la redistribución rigen; y el dominio de la sociedad civil (A) donde la cooperación, reciprocidad y solidaridad son los principios integradores (Paquet 2000).
En el proceso de geo-gobernanza, de donde surge el esquema, estos tres sectores no necesariamente tienen el mismo peso, sino que cada sector puede tener a veces dominio sobre los otros, de hecho, los tres sectores co evolucionan. Aquí resulta interesante el recurso de acudir al concepto ecológico de co evolución, el cual proporciona un significado apropiado, ya que sintetiza los vínculos entre estos tres universos. La co evolución en biología se refiere a un proceso evolutivo basado en respuestas reciprocas de especies estrechamente interactivas. El concepto puede ser generalizado para comprender procesos de realimentación entre sistemas interactuantes (social, económico, político) pasando por procesos recíprocos de cambio. El proceso de co evolución se convierte en una forma de aprendizaje organizacional: esto es, aprendizaje vinculatorio e interajuste de la economía, la sociedad y el estado.
Las principales características de este proceso evolutivo vinculatorio son elasticidad (capacidad de los nexos económico-político-social de retroceder intactos ante la presión de impacto a través de ligeras reorganizaciones regionales, sectoriales o seccionales, y que no modifican la naturaleza del sistema integral, y aprendizaje (capacidad de mejorar el desempeño actual como resultado de la experiencia, a través de una redefinición de los objetivos de la organización, y una modificación de comportamiento y estructuras como resultado de nuevas circunstancias. Estas relaciones de gobierno están en una tensión creativa (la elasticidad tiende a la preservación, mientras que el aprendizaje tiende al cambio) y deben estar balanceadas.
El sistema de gobernanza ha evolucionado considerablemente en las pasadas décadas como resultado de los impactos emanados tanto del ámbito interno como del contexto externo y de la serie de adaptaciones que han detonado. El resultado último de estos cambios es un sistema compuesto de gobernanza, construido sobre mecanismos impredecibles de control que persiguen metas mal definidas, en un universo que esta constantemente en un estado de flujo. (Pasquet, 2000).

Conclusiones.
En la primera parte se analizó de manera general el concepto de gobernabilidad, el cual se considera más apropiado a nuestro contexto cultural, para identificar las cualidades específicas del término gobernabilidad en torno al contexto geográfico espacial, temporal lingüístico. Se observó que es un concepto fuertemente apoyado en la constitucionalidad, pero que demanda de una participación más activa de la sociedad civil para darle pertinencia al concepto y prolongar su vida útil. En este sentido resulta importante el trabajo de Crozier, Huntington y Watanuki en el sentido que consiste en el punto de partida y referencia en cualquier análisis sobre el tema, por su claridad y profundidad, aunque también es necesario un enfoque del asunto de la gobernabilidad aplicado y aterrizado al contexto nacional, y en este sentido el texto de Valadés ha sido de gran utilidad.
En la segunda parte se concentra el análisis en diversos estudios en torno al concepto de la gobernanza que, si bien demuestran un extenso desarrollo teórico, evidenciado en la amplia bibliografía internacional en torno al tema y al detallado trabajo en la creación de sub categorías del término, con en el caso de Kooinman, es en trabajos desde el enfoque internacionalista como el referido de Pasquet donde se han generado los modelos explicativos y simplificatorios más eficientes. Lo que es evidente es que se trata de un término más utilizado en las comunidades epistémicos de otros países, predominantemente anglosajones e industrializados, no obstante los esfuerzos nacionales por aplicar el término para explicar, por ejemplo, relaciones de poder y toma de decisiones entre legisladores y el presidente, como en el caso de Colomer y Negretto.
Hoy que es evidente el surgimiento de nuevos enfoques del análisis de las políticas públicas que conciben la acción estatal como un ciclo discursivo, el manejo del término adquiere relevancia, ya que de éste depende la aplicabilidad que haga viable su inclusión en la agenda en todos sus ámbitos, desde la agenda gubernamental o institucional, hasta la agenda pública o sistemática, pasando por la agenda social. Parece ser que la claridad conceptual de la gobernabilidad en nuestro país está vinculada de algún modo la evolución del concepto de estado de derecho, según lo ha venido trabajando Valadés, para constituir lo que considera hoy debemos entender como Estado social democrático, y ahora cultural, de Derecho.
Más que requerir de un nuevo término para indicar el agotamiento de otros modelos y volver a poner etiquetas que tienen una fecha de caducidad, se requiere de una revisión profunda y sistemática de la gobernabilidad y ampliar sus ámbitos de configuración hacia aspectos social, político y cultural de la acepción del término, en la búsqueda de la apropiabilidad en cada contexto y la pertinencia a cada caso
Independientemente de la discusión semántica, lo cierto es que existe una demanda generalizada en los sistemas democráticos o cuasi democráticos de condiciones de apertura a la participación ciudadana y una disminución de las intervenciones del estado, se espera que la acción gubernamental sea más eficientes, eficaz y legítima, con un mayor grado de responsabilidad evidenciado en el logro de metas, rendición de cuentas
Probablemente más que necesitar de un concepto novedoso, que promete en forma mesiánica la solución y salvar las deficiencias del modelo democrático de gobernabilidad
Probablemente también la gobernabilidad es un ideal a alcanzar, como sucede con la democracia, y difícilmente pudiese encontrarse en forma pura y totalmente lograda, sino que más bien tengamos que hablar de niveles o indicadores de la calidad de la gobernabilidad, que tome en cuenta los aspectos políticos, sociales y culturales

Referencias bibliográficas.

CAMOU, Antonio (2000) La múltiple (in) gobernabilidad: elementos para un análisis conceptual. Publicado en Revista Mexicana de Sociología, Vol. 62, No. 4 (Oct-Dic 2000) Universidad Nacional Autónoma de México. pp 159-188.
CAMOU, Antonio (estudio preliminar y compilación) (2001) Los desafíos de la Gobernabilidad. Plaza y Valdés, México, D.F., 338 p.
COLOMER, Joseph M.; Negretto, Gabriel L. (2003) Gobernanza con poderes divididos en América Latina. Publicado en Política y gobierno, Vol. X. Num.1, 1 Semestre de 2003, pp. 13-61.
CROZIER, Michel J.; Huntington, Samuel P.; Watanuki, Joji (1975) Crisis of Democracy. Report on the Governability of Democracies to the Trilateral Commission. New York Universtiy Press, 227 p.
KOOIMAN, Jan (2004) Gobernar en Gobernanza. Publicado en Instituciones y Desarrollo, Num. 16. Institut Internacional de Governabilitat de Catalunya. Barcelona, pp. 171-194.
PAQUET, Guilles (2000) Governance in the 21st Century. Transactions of the Royal Society of Canada. Series VI, Volume X, 1999, pp. 40-79.
RHODES, R.A.W. (1996) The new Governance: Goberning without Government. Publicado en Political Studies XLIV, University of Newcastle-upon-Tyne, pp. 652-667.
VALADÉS, Diego (editor) (2005) Gobernabilidad y constitucionalismo en América Latina. Universidad Nacional Autónoma de México, 452 p

¿Gobernabilidad o Gobernanza?


Buscando la claridad y la aplicabilidad del término.


Introducción.

En la actualidad se puede encontrar una amplia bibliografía y discusión teórica en torno a la transformación hacia nuevas formas de gobernar, que resulten acordes con las condiciones de la realidad contemporánea, las particularidades de cada lugar y las aspiraciones de la sociedad. Este tácito reconocimiento de una nueva forma de dirigir los destinos colectivos se ha venido denominando como gobernanza en cada vez más textos en castellano, con una ligereza preocupante, como si el resurgimiento de este término antiguo y extraño a nuestro idioma fuese el sustituto ideal para el agotado -o cuestionado, por decir lo menos-, término de gobernabilidad, lo cual motiva a hacer un análisis teórico conceptual en torno a la acepción que el término tendría en nuestro entorno local, y si en este marco contextual resulta pertinente utilizarlo para definir los esquemas vigentes de relación entre gobernantes y gobernados.

Evolución del concepto de Gobernabilidad.

Al revisar el derrotero que este concepto ha seguido a lo largo de su evolución histórica, se puede observar que la gobernabilidad ingresa en la agenda en los años ’70 junto con el surgimiento de nuevos movimientos e identidades sociales, y la parábola declinante del “Estado de Bienestar” (Camou, 2001: 9). Su ingreso a cada una de las dimensiones de la visión integral de la agenda -pública, gubernamental y social-, ha sido paulatino pero permanente. Hoy en día pocos pudieran cuestionar la cuestión normativa –el deber ser- de ciertos atributos valorativos en torno al ejercicio del poder, en los cuales se fundamenta el término, ya que se apoya en principios de valor unívoco como la democracia, la equidad, y la convivencia en un ambiente de respeto a los derechos individuales y colectivos.
No obstante, hay quien señala que la noción de “gobernabilidad” no tiene perfiles analíticos claros, esta ambigüedad en el uso del término se explica por la combinación, o más claramente la yuxtaposición, de diferentes tradiciones teóricas y valorativas, que convergen desde lejanos tiempos y que se disputan en la actualidad un mismo campo semántico. Dichas tradiciones son la de “razón de Estado” y su continuidad en términos del modelo del gobierno eficaz; la tradición del “buen gobierno” que se inicia con las reflexiones de Platón y Aristóteles; y, finalmente, la tradición del problema del orden político y su continuidad en la preocupación de la ciencia política contemporánea (especialmente estadounidense) por la “estabilidad política” (Camou, 2000: 159).
Un trabajo altamente clarificador en el esfuerzo por construir una definición mínima aplicable a las condiciones vigentes en el entorno nacional y contemporáneo, es el que realiza Antonio Camou, quien reconoce el constante cambio que presenta el estado en el sentido de la interacción y negociación entre gobernados y gobernantes, y las cualidades que se esperan de estos últimos en el ejercicio del poder. De tal forma, para este autor, gobernabilidad es un estado de equilibrio dinámico entre el nivel de las demandas societales y las capacidades del sistema político para responderlas de manera legítima y eficaz (Camou, 2000: 186)
En América Latina la discusión en torno al concepto se encuentra de manera clara enmarcada por agotamiento del Estado Interventor, evidenciado por algunos autores en la manifestación de factores típicos de “ingobernabilidad” según se aprecian en el contexto reciente latinoamericano, tales como el manejo ineficaz de los asuntos económicos, la incapacidad –o la desatención- para responder a elementales necesidades sociales, y la irrupción de la violencia (Camou, 2001: 9).
De esta forma, llegamos a lo que parece ser el primer indicio de diferenciación que debe aclararse para utilizar correctamente el término: el contexto en el que se utiliza. No es lo mismo hablar de gobernabilidad en países industrializados que hacerlo en países en desarrollo, ni siquiera entre cada uno de los comprendidos en esta diferenciación básica son suficientemente similares para aplicarles el mismo parámetro. Si se observa comparativamente puede apreciarse que, aunque hay rasgos comunes en cuanto a la valoración de la gobernabilidad, también debe distinguirse de los que resultan propios de cada sociedad (Valadés, 2005: IX)
Otro aspecto a distinguir cuando se habla de gobernabilidad se refiere al contexto temporal, y es que tanto la gobernabilidad como la gobernanza han sido criticados por la misma razón: la obsolescencia en el uso de un término antiguo. De acuerdo con la bibliografía consultada, todo indica que el primero en utilizar la voz gobernabilidad fue el constitucionalista británico Walter Bagehot, quien identificaba al orden y a la obediencia como elementos de la cultura política de su país y los asociaba con lo que denominaba governability. (Valadés, 2005: IX). Otros autores confirman que el término fue usado por primera vez en 1870, por Sir Walter Bagehot en la acepción “governability, governableness: the estate or quality of being governable” (Camou, 2001: 17). De tal forma, el término correcto remite a la idea de gobernación y, aunque algunos autores consideran que hoy resulta anticuado utilizar el término gobernanza, ambos son definidos como acción y efecto de gobernar o gobernarse (Camou, 2001: 18).
De esta manera, llegamos a otro aspecto importante a considerar dentro de esta discusión conceptual, el contexto lingüístico. Si bien la gobernabilidad es parte del contexto constitucional y político de un país, nos dice Diego Valadés, un reconocido lingüista (entre otros atributos y campos de dominio reconocidos a este prominente intelectual mexicano), que en español la voz es mucho más reciente, ya que su uso se generó a partir de la generalización en inglés, y apenas fue aceptada por la Academia de la Lengua Española en la 22ª ed. Del Diccionario (2001) (Valadés, 2005: IX). Cuando se alude al Estado de derecho como uno de los factores de la gobernabilidad, continúa el autor, por lo general sólo se atiende al sentido anglosajón de rule of law. Según la definición de este autor la evolución del concepto de estado de derecho ha ido complementándose históricamente al incorporar la dimensión democrática, social y más recientemente cultural, para mantenerse vigente y pertinente, y lo mismo podríamos argumentar en torno al concepto de gobernabilidad, de tal forma que tal vez no estemos ante un concepto caduco o rebasado, sino ante la necesidad de integrarlo con condiciones que han adquirido relevancia con respecto al contexto en que se formuló originalmente.
Este mismo autor, que también es un destacado constitucionalista, afirma que el Estado constitucional guarda una relación directa e inmediata con la gobernabilidad, porque de esta última depende la positividad de la norma constitucional. Sin su aplicación efectiva, entonces, la Constitución es sólo una declaración política. A su vez, enfatiza la inexorabilidad de la estructura jurídica cuando afirma que el ejercicio del poder sin sujeción a lo preceptuado por su estatuto jurídico, no corresponde a un Estado constitucional, y por lo mismo tampoco pertenece al ámbito de estudio de la gobernabilidad democrática. Tomando en cuenta esto, la gobernabilidad resulta de la estructura constitucional de un sistema. Para Valadés el imperio, entendido como la capacidad de hacerse obedecer por los destinatarios de las decisiones, no es una forma de gobernabilidad, es una manera de ejercer el poder directo, una forma indeseable de ejercicio del poder hoy día. Para abundar en la explicación de lo anterior, el autor se apoya aquí en la distinción clásica entre poder y autoridad: el primero como expresión de fuerza, y la segunda como resultado de la razón. (Valadés, 2005: X-XI) cabe aclarar que este enfoque es altamente normativo, hecho evidenciado en el papel privilegiado que atribuye al establecimiento constitucional de las condiciones irreductibles de la gobernabilidad.
Si reconocemos que hoy nos encontramos en la etapa democrática del constitucionalismo, como establece la bibliografía que se refiere en este análisis, tendremos que reconocer que el esquema de los controles normativos se ha hecho más complejo y, además de los agentes que entre sí ejercen los órganos del poder, se debe incluir en esta estructura a la ciudadanía (de manera individual y organizada) y a los entes descentralizados: estados, regiones, municipios y organismos dotados de autonomía. La gobernabilidad entonces concierne a estas nuevas formas de poder, considerablemente más complejas que en sus orígenes. (Valadés, 2005: XI)
Desde la perspectiva del gobernado, la gobernabilidad adquiere el carácter de un derecho: el derecho al buen gobierno. Para advertir este derecho es útil la teoría del status elaborada por Jellinek y es que, conforme a esta teoría existen tres formas de relación de las personas con el Estado, de orden negativo, positivo y activo. En el primer caso la subordinación de los individuos al Estado llega hasta donde el derecho ordena, y la esfera de libertad de la persona está integrada por todo lo substraído del dominio del Estado; se trata de la relación básica en términos establecidos constitucionalmente; el segundo caso consiste en el derecho que tienen los individuos a utilizar los servicios ofrecidos por el Estado, o a beneficiarse de las acciones estatales de carácter prestacional. En este caso la organización de individuos para eficientar el suministro y administro de dichos servicios adquiere relevancia. El tercer caso corresponde a la posibilidad del individuo de participar en las actividades del Estado, como votar o desempeñar cargos públicos. La evolución del Estado constitucional contemporáneo permite identificar una cuarta forma de relación, en este caso de orden pasivo: los gobernados tienen derecho a un buen gobierno. Más allá de lo que implica el Estado de derecho social y democrático, que ha sido la tendencia dominante en los sistemas constitucionales contemporáneos, las sociedades tienen derecho a un gobierno razonable, eficaz, oportuno, equitativo, previsor y preventivo. (Valadés, 2005: XI)
Estos esquemas, que pueden identificarse con el concepto del buen gobierno, imponen a los órganos de poder la proscripción de la arbitrariedad, entendida como la obligación de aplicar el derecho de manera razonable; la solución de tantos problemas como resulte materialmente posible, sin la generación a cambio de nuevas dificultades; la acción oportuna para eludir el surgimiento o el agravamiento de problemas; la promoción de condiciones sociales de equidad, y el conocimientos anticipado de los riesgos y de las opciones de solución. En este punto la idea de buen gobierno se enlaza con la de gobernabilidad. (Valadés, 2005: XII) La intervención gubernamental debe ser generadora de soluciones a los problemas de la sociedad, y a la vez mantener una condición de equilibrio entre la generación de nueva problemática, contando con diversos esquemas para la participación ciudadana.
Como se señala anteriormente, las acciones previsora y preventiva son parte de las responsabilidades del gobierno, e incluyen la valoración de sus propias decisiones, para que no se conviertan en causa de acontecimientos o de circunstancias desfavorables. Los órganos del poder deben valorar el impacto de sus decisiones o de sus omisiones (Valadés, 2005: XII). En este punto se refiere a dos momentos de la acción gubernamental, el de la planeación de sus acciones y el de la evaluación del impacto de dichas acciones.
Finalmente, y en concordancia con los estudios analizados en este trabajo, en un estado constitucional la tarea de gobernar, y el desempeño que estimamos característico de la gobernabilidad, corresponden a todos los órganos investidos de competencia para ejercer actos de autoridad. Las consideraciones que asocian la gobernabilidad sólo con los órganos de gobierno en estricto sentido, no se adecuan a la naturaleza del Estado constitucional; obedecen, en cambio, a un concepto que deriva de la tradición autoritaria, conforme al cual las decisiones y las acciones del poder en su conjunto eran adoptadas por una persona o por un grupo cercano al titular del órgano de gobierno. (Valadés, 2005: XIII-XIV). De lo anterior se puede concluir que, según algunos destacados analistas del tema, el concepto de gobernabilidad no ha caducado, sino que, en todo caso, estamos ante una nueva condición que obliga a considerar un papel más activo de los sectores privado y social, en torno a la tarea de gobernar. Pareciera ser que lo que se ha agotado es el esquema en que la sociedad civil asume una postura pasiva y no el concepto de gobernabilidad, que más que nunca requiere de una aproximación renovadora y profundizadora que asegure su vigencia y, sobre todo su aplicabilidad y pertinencia en la práctica.

Gobernanza y sus variaciones.

Uno de los primeros problemas con los que se enfrenta el estudioso de los múltiples subcampos de las ciencias sociales, es la ambigüedad conceptual en torno los términos como los que ocupan este análisis. Una de las primeras cuestiones que llaman la atención es la profusión con que se utiliza el término “gobernanza”, algunos autores señalan que en la literatura especializada reciente, el término es popular pero impreciso (Rhodes, 1996: 652). Este mismo autor señala que la principal dificultad al abordar este concepto es la ambigüedad con que se utiliza. Él identifica al menos seis usos, referentes a: el estado mínimo; gobernanza corporativa; la nueva gerencia pública; la “buena gobernanza”; sistemas socio-cibernéticos; y redes de auto-
organización. (Rhodes, 1996: 652) por lo cual, señala, el concepto tiene demasiados usos para resultar útil.
Autores como Antonio Camou, han identificado tres fuentes principales de controversia o ambigüedad en torno al término:
Dificultad de delimitar conceptualmente ¿A que cosa hace referencia la gobernabilidad?
Carencia de un modelo analítico para el estudio de los problemas de gobernabilidad (¿Cómo y porqué surgen los déficits de gobernabilidad?
Necesidad de esclarecer las complejas relaciones entre el ejercicio del gobierno democrático y el logro de adecuados niveles de gobernabilidad. (Camou, 2001: 17)
Distinguiendo entre gobernabilidad “calidad, estado o propiedad de ser gobernado”, gobernable “capaz de ser gobernado”, y por consiguiente ingobernable “incapaz de ser gobernado”, el resurgimiento del término se debe en buena medida al texto que muchos consideran canónico, y que es el primer estudio sistemático sobre gobernabilidad democrática, el cual fue elaborado por Crozier, Huntington y Watanuki, titulado The Crisis of Democracy, en 1975. Se trata de un reporte sobre la gobernabilidad de las democracias, presentado a la Comisión Trilateral, con un claro enfoque comparativo en materia económica y política. (Valadés, 2005: X; Camou, 2001: 9) Años más tarde, la Comission of Global Governance elaboró otro reporte (Our Global Neighbourhood, Nueva York, Oxford University Press, 1995), en el que ya fueron incluidos problemas jurídicos sobre la gobernabilidad, referidos al ámbito del derecho internacional. (Valadés, 2005: X;)
Este cuestionamiento en torno a la crisis de la democracia, está precedido por un espíritu de pesimismo y urgencia, que caracterizaba al contexto temporal en que se generó. No obstante, los autores consideran viables los sistemas democráticos en un sentido fundamental, creen que pueden funcionar con las condiciones existentes, particularmente si son sensibles a las sutiles interrelaciones entre libertad y responsabilidad (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 4). De tal manera, la discusión sobre “la crisis de la democracia” se establece para hacer más fuerte a la democracia conforme crece y se acerca más al ideal, y cuando estos expertos hablan de la crisis de la democracia se refieren a la duda en torno a que las democracias del mundo puedan seguir operando en la forma en que lo venían haciendo, sin modificar su modus operandi en la búsqueda de adaptarse a nuevas condiciones.
Ellos identifican tres tipos de retos, contextuales, estructurales/sociales e intrínsecos, para alcanzar el ideal democrático desde la perspectiva de la gobernanza. Comienzan describiendo los retos contextuales, los cuales surgen automáticamente de los ambientes externos en que las democracias operan y no son directamente un producto del funcionamiento del gobierno democrático en sí mismo. De esta manera, queda claro que para ellos la viabilidad de la democracia está claramente relacionada con las tendencias estructurales y sociales del país (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 4-5).
Posteriormente definen los denominados retos intrínsecos, probablemente los que más seriamente condicionan la viabilidad el gobierno democrático, ya que se desarrollan directamente del funcionamiento de la democracia, partiendo del supuesto de que los gobiernos democráticos no necesariamente funcionan en un esquema de equilibrio auto sustentado y auto correctivo, dicen, es posible que más bien funcionen de manera en que surjan fuerzas y tendencias internas, que sin la supervisión de una agencia externa, eventualmente conduzcan al socavamiento de la democracia (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 8).
En tal situación, adquiere particular relevancia la viabilidad de las instituciones democráticas, ciudadanos individuales y grupos organizados participando más activamente en la política de sus sociedades de lo que lo habían hecho previamente, derechos de los ciudadanos ante el estado más firmemente garantizados y protegidos, (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 157-158)
En este estudio se señala que la clase media ha escalado en sus expectativas y aspiraciones, y por lo tanto están dadas las condiciones para que esta clase social adopte nuevos estilos de vida y nuevos valores socio políticos, determinadas también por la falta de confianza en las instituciones democráticas, la cual es claramente excedida por la falta de entusiasmo por cualquier alternativa constitucional (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 159)
En tal situación, la maquinaria de la democracia continúa operando, pero la capacidad de los individuos para operar esa maquinaria de toma de decisiones tiende a deteriorarse. Sin un propósito común, no hay bases para prioridades comunes, no hay las bases para distinguir entre intereses y atribuciones privadas competentes. Objetivos conflictivos e intereses especializados se sobreponen uno al otro, con ejecutivos, gabinetes, parlamentos y burócratas careciendo de criterio para discriminar entre ellos. Es sistema se vuelve una democracia inestable, en la cual la política democrática se vuelve más una arena para la aserción de intereses de conflictos que un proceso para la construcción de intereses comunes. (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 160-161)
En el estudio referido, se identifican y se enlistan las disfunciones de la democracia desde la perspectiva de la gobernanza:
(1) La búsqueda de las virtudes democráticas de equidad e individualismo ha conducido a la deslegitimación de la autoridad en general y a la pérdida de la confianza en el liderazgo.
(2) La expansión democrática de participación política e involucramiento ha creado una “sobrecarga” en el gobierno y la desbalanceada expansión de actividades gubernamentales, exacerbando tendencias inflacionarias en la economía.
(3) La competencia política esencial a la democracia se ha intensificado, conduciendo a una desagregación de interese y a la declinación y fragmentación de los partidos políticos.
(4) La responsividad del gobierno democrático al electorado y a las presiones sociales incentiva el parroquialismo nacionalista en la medida en que las sociedades democráticas conducen sus relaciones internacionales. (Crozier, Huntington y Watanuki, 1975: 161)
Otros textos analizados utilizan la palabra “gobernanza” en el sentido de “arte o manera de gobernar”, diferente de “gobernabilidad” (cualidad de gobernable) (Colomer y Negretto, 2003: 13), de lo cual se deduce uno de los supuestos básicos de este análisis, y es que ambos términos no pueden ser utilizados como sinónimos en estricto sentido. En buena medida, la pertinencia del término está determinada por el contexto en el que se utilice. Por ejemplo, trabajos de enfoque institucionalista, como el referido, aplican el concepto de gobernanza cuando se refieren, en el contexto de la toma de decisiones en el Congreso, a la toma de decisiones “colectivamente” satisfactorias, desde el punto de vista de los actores institucionales más directamente implicados y decisiones “socialmente” satisfactorias desde el punto de vista de los ciudadanos a los que pretenderían representar (Colomer y Negretto, 2003: 17). En este ejemplo, la clave para la obtención de resultados favorables a la representación basada en el punto medio, se fundamentan en la negociación de incentivos para la cooperación institucional.
Gobernanza se refiere para otros a “redes inter organizacionales, auto-organizadas” y estas redes complementan mercados y jerarquías como estructuras de gobierno para allegarse recursos autoritariamente y ejercer control y coordinación. Tales redes se caracterizan por la confianza y el ajuste mutuos y debilitan las reformas gerenciales basadas en la competencia; y son un reto a la gobernabilidad porque se vuelven autónomas y resisten la dirección central (Rhodes, 1996: 652).
En tal caso, gobernanza puede significar un cambio en el significado de gobierno, referirse a un nuevo proceso de gobernar; o a una condición cambiada de las reglas del orden; o el nuevo método por el cual la sociedad es gobernada (Rhodes, 1996: 652-653). En este sentido, resulta clarificadora la lista que el autor realiza de lo que considera las características compartidas de la “gobernanza”:
(1) Interdependencia entre organizaciones. La gobernanza es más amplia que el gobierno, incluyendo a actores no-estatales. Cambiar las fronteras del estado significa que las fronteras entre los sectores público, privado y voluntario se están volviendo cambiantes y opacas.
(2) Interacciones continúas entre los miembros de una red, a causa de la necesidad de intercambio de recursos y la negociación de propósitos compartidos.
(3) Interacciones tipo juego, fundadas en la confianza y reguladas por las normas del juego negociadas y consensadas por los participantes de la red.
(4) Un grado significativo de autonomía del estado. Las redes no son responsables ante el estado; son auto-reguladas. Aunque el estado no ocupe una posición privilegiada y soberana, puede indirecta e imperfectamente manipular a las redes. (Rhodes, 1996: 660)
En el trabajo revisado en esta parte del análisis se señala que enfocarse en la gobernanza puede diluir, e incluso disolver, la distinción entre estado y sociedad civil. El estado se vuelve una colección de redes interorganizacionales creadas por actores gubernamentales o sociales sin un actor con soberanía para dirigir o regular. La gobernanza como redes auto-organizadas es una estructura distinta de gobernar como mercados y jerarquías. El reto fundamental para el gobierno, desde esta perspectiva, es propiciar esas redes y buscar nuevas formas de cooperación. (Rhodes, 1996: 666)
Mientras que en el concepto de gobernabilidad el asunto parece ser la aplicabilidad en distintos contextos para fundamentar la aplicabilidad del término, los apologistas de la gobernanza la presentan como un enfoque completamente nuevo, que requiere de una fundación teórica primordial. Tenemos por ejemplo, el texto de Jan Kooinman en donde observa que existen elementos comunes que están siendo aplicadas en distintos textos al concepto de gobernanza, según está siendo utilizado en diversas subdisciplinas de las ciencias sociales, el énfasis en las reglas y las cualidades de los sistemas, la cooperación para incrementar la legitimidad y la eficacia y la atención a nuevos procesos y acuerdos público-privado (Kooinman, 2004: 171)
El éxito aparente del concepto, señala este autor, parece ser que reside en que refleja la necesidad social de nuevas iniciativas basadas en la realización de crecientes interdependencias sociales (Kooinman, 2004: 171)
Una forma de gobernanza es lo que se puede llamar gobernanza interactiva o socio-política. Esta perspectiva de la gobernanza toma diferentes formas de interacción socio-política como punto central en el que se establecen diferentes distinciones, tales como las que se dan entre autogobernanza, cogobernanza y gobernanza jerárquica y entre ordenes de gobernanza tales como el primer orden de gobernanza, que implica la solución de problemas y la creación de oportunidades, el segundo orden de gobernanza, que contempla las condiciones interinstitucionales, y la metagobernanza que se refiere a los principios que gobiernan la propia gobernanza (Kooinman, 2004: 171). Como se puede apreciar, en este trabajo encontramos la complejidad con la que está siendo abordado el término, derivándolo en sub categorías cuando aún no hay consenso en la acepción y utilización del término.
Ante esta profusión de definiciones y variantes en torno a la gobernanza, resulta clarificador el esquema planteado por Pasquet desde la perspectiva de la geo-gobernanza que se incluye.
En este esquema se simplifica el ámbito organizacional en tres dominios donde las reglas, arreglos y mecanismos de coordinación están basados en diferentes principios:
El dominio económico/de mercado (B) donde las fuerzas de la oferta y la demanda y el mecanismo del precio son las normas; el dominio estatal (C) donde la coerción y la redistribución rigen; y el dominio de la sociedad civil (A) donde la cooperación, reciprocidad y solidaridad son los principios integradores (Paquet 2000).
En el proceso de geo-gobernanza, de donde surge el esquema, estos tres sectores no necesariamente tienen el mismo peso, sino que cada sector puede tener a veces dominio sobre los otros, de hecho, los tres sectores co evolucionan. Aquí resulta interesante el recurso de acudir al concepto ecológico de co evolución, el cual proporciona un significado apropiado, ya que sintetiza los vínculos entre estos tres universos. La co evolución en biología se refiere a un proceso evolutivo basado en respuestas reciprocas de especies estrechamente interactivas. El concepto puede ser generalizado para comprender procesos de realimentación entre sistemas interactuantes (social, económico, político) pasando por procesos recíprocos de cambio. El proceso de co evolución se convierte en una forma de aprendizaje organizacional: esto es, aprendizaje vinculatorio e interajuste de la economía, la sociedad y el estado.
Las principales características de este proceso evolutivo vinculatorio son elasticidad (capacidad de los nexos económico-político-social de retroceder intactos ante la presión de impacto a través de ligeras reorganizaciones regionales, sectoriales o seccionales, y que no modifican la naturaleza del sistema integral, y aprendizaje (capacidad de mejorar el desempeño actual como resultado de la experiencia, a través de una redefinición de los objetivos de la organización, y una modificación de comportamiento y estructuras como resultado de nuevas circunstancias. Estas relaciones de gobierno están en una tensión creativa (la elasticidad tiende a la preservación, mientras que el aprendizaje tiende al cambio) y deben estar balanceadas.
El sistema de gobernanza ha evolucionado considerablemente en las pasadas décadas como resultado de los impactos emanados tanto del ámbito interno como del contexto externo y de la serie de adaptaciones que han detonado. El resultado último de estos cambios es un sistema compuesto de gobernanza, construido sobre mecanismos impredecibles de control que persiguen metas mal definidas, en un universo que esta constantemente en un estado de flujo. (Pasquet, 2000).

Conclusiones.


En la primera parte se analizó de manera general el concepto de gobernabilidad, el cual se considera más apropiado a nuestro contexto cultural, para identificar las cualidades específicas del término gobernabilidad en torno al contexto geográfico espacial, temporal lingüístico. Se observó que es un concepto fuertemente apoyado en la constitucionalidad, pero que demanda de una participación más activa de la sociedad civil para darle pertinencia al concepto y prolongar su vida útil. En este sentido resulta importante el trabajo de Crozier, Huntington y Watanuki en el sentido que consiste en el punto de partida y referencia en cualquier análisis sobre el tema, por su claridad y profundidad, aunque también es necesario un enfoque del asunto de la gobernabilidad aplicado y aterrizado al contexto nacional, y en este sentido el texto de Valadés ha sido de gran utilidad.
En la segunda parte se concentra el análisis en diversos estudios en torno al concepto de la gobernanza que, si bien demuestran un extenso desarrollo teórico, evidenciado en la amplia bibliografía internacional en torno al tema y al detallado trabajo en la creación de sub categorías del término, con en el caso de Kooinman, es en trabajos desde el enfoque internacionalista como el referido de Pasquet donde se han generado los modelos explicativos y simplificatorios más eficientes. Lo que es evidente es que se trata de un término más utilizado en las comunidades epistémicos de otros países, predominantemente anglosajones e industrializados, no obstante los esfuerzos nacionales por aplicar el término para explicar, por ejemplo, relaciones de poder y toma de decisiones entre legisladores y el presidente, como en el caso de Colomer y Negretto.
Hoy que es evidente el surgimiento de nuevos enfoques del análisis de las políticas públicas que conciben la acción estatal como un ciclo discursivo, el manejo del término adquiere relevancia, ya que de éste depende la aplicabilidad que haga viable su inclusión en la agenda en todos sus ámbitos, desde la agenda gubernamental o institucional, hasta la agenda pública o sistemática, pasando por la agenda social. Parece ser que la claridad conceptual de la gobernabilidad en nuestro país está vinculada de algún modo la evolución del concepto de estado de derecho, según lo ha venido trabajando Valadés, para constituir lo que considera hoy debemos entender como Estado social democrático, y ahora cultural, de Derecho.
Más que requerir de un nuevo término para indicar el agotamiento de otros modelos y volver a poner etiquetas que tienen una fecha de caducidad, se requiere de una revisión profunda y sistemática de la gobernabilidad y ampliar sus ámbitos de configuración hacia aspectos social, político y cultural de la acepción del término, en la búsqueda de la apropiabilidad en cada contexto y la pertinencia a cada caso
Independientemente de la discusión semántica, lo cierto es que existe una demanda generalizada en los sistemas democráticos o cuasi democráticos de condiciones de apertura a la participación ciudadana y una disminución de las intervenciones del estado, se espera que la acción gubernamental sea más eficientes, eficaz y legítima, con un mayor grado de responsabilidad evidenciado en el logro de metas, rendición de cuentas
Probablemente más que necesitar de un concepto novedoso, que promete en forma mesiánica la solución y salvar las deficiencias del modelo democrático de gobernabilidad
Probablemente también la gobernabilidad es un ideal a alcanzar, como sucede con la democracia, y difícilmente pudiese encontrarse en forma pura y totalmente lograda, sino que más bien tengamos que hablar de niveles o indicadores de la calidad de la gobernabilidad, que tome en cuenta los aspectos políticos, sociales y culturales

Referencias bibliográficas.

CAMOU, Antonio (2000) La múltiple (in) gobernabilidad: elementos para un análisis conceptual. Publicado en Revista Mexicana de Sociología, Vol. 62, No. 4 (Oct-Dic 2000) Universidad Nacional Autónoma de México. pp 159-188.



CAMOU, Antonio (estudio preliminar y compilación) (2001) Los desafíos de la Gobernabilidad. Plaza y Valdés, México, D.F., 338 p.



COLOMER, Joseph M.; Negretto, Gabriel L. (2003) Gobernanza con poderes divididos en América Latina. Publicado en Política y gobierno, Vol. X. Num.1, 1 Semestre de 2003, pp. 13-61.



CROZIER, Michel J.; Huntington, Samuel P.; Watanuki, Joji (1975) Crisis of Democracy. Report on the Governability of Democracies to the Trilateral Commission. New York Universtiy Press, 227 p.



KOOIMAN, Jan (2004) Gobernar en Gobernanza. Publicado en Instituciones y Desarrollo, Num. 16. Institut Internacional de Governabilitat de Catalunya. Barcelona, pp. 171-194.



PAQUET, Guilles (2000) Governance in the 21st Century. Transactions of the Royal Society of Canada. Series VI, Volume X, 1999, pp. 40-79.



RHODES, R.A.W. (1996) The new Governance: Goberning without Government. Publicado en Political Studies XLIV, University of Newcastle-upon-Tyne, pp. 652-667.



VALADÉS, Diego (editor) (2005) Gobernabilidad y constitucionalismo en América Latina. Universidad Nacional Autónoma de México, 452 p

sábado, 11 de octubre de 2008

¿Es usted persona?

Compañeros:
Alguna vez por ahí de 2003 durante la licenciatura en una clase de Ciencia Política en El Colegio de San Luis, fui participe de un dialogo con un académico de nombre Dr. Diego Reynoso, de aquel intercambio de ideas terminé por sintetizar el encuentro en algo que identifico como el “Decálogo de un buen estudiante” mismo que me permito reproducir aquí.
¿Es usted persona?*

Principios de un buen estudiante:

1. Todos son humanos, pero ¿es usted persona o no tiene el valor?

2. Todos son iguales, no existe motivo ni excusa justificable para no asumir sus responsabilidades.

3. No se excuse nunca en la juventud como pretexto para joder a la gente, sea pertinente, no haga o diga incoherencias.

4. La fuerza de las personas esta en el querer ser, haga un compromiso con usted mismo y cúmplalo.

5. El presente y el futuro están en sus manos, no juegue con el tiempo, organícese, aprovéchelo.

6. Si no lee, no hable, use la cabeza, no diga tonterías.

7. Las personas son iguales, la diferencia radica en el camino recorrido (lecturas, trabajo), más ello no significa que no se les pueda cuestionar.

8. Respete pero no glorifique a las personas, el culto a la personalidad es de ignorantes. Recuerde, de las vacas sagradas se hacen muy ricas hamburguesas.

9. Sea su dios, no se deba a nadie más que usted, pero nunca olvide de donde viene.

10. En el estudio como en la vida no existe competencia, la superación es personal.

* Individuo que sabe lo que quiere y trabaja para lograr las metas que se propone.
Víctor Aguilera (Turini)

domingo, 7 de septiembre de 2008

El Museo Guggenheim de Nueva York (Reloaded) o ¿Como intervenir una obra maestra de la arquitectura moderna?


Por Victor Manuel Gutiérrez Sánchez, arquitecto
Intersticio74@hotmail.com

Introducción.

Este año terminó el proceso de restauración total del Museo Guggenheim de Nueva York, obra de la primera figura de la arquitectura moderna norteamericana, Frank Lloyd Wright. Este evento se da en un entorno mundial de fuertes críticas y discusiones en torno a intervenciones a obras maestras de la arquitectura moderna, así como a la continuación del trabajo de los autores en que se fundó este movimiento. El presente artículo hace un breve repaso de algunos de estos casos controversiales.

El Guggenheim de Nueva York (Recargado).

Probablemente esta obra de Frank Lloyd Wright constituya el más revolucionario cuestionamiento a la tipología de edificios destinados a la exhibición del arte moderno. Se sabe la fuerte oposición que enfrentó de origen esta monumental espiral invertida que sube al espectador por medio de un elevador al inicio del recorrido, consistente en una rampa de suave pendiente hasta el final del mismo a nivel de la calle. Inicialmente se opusieron a el los artistas cuya obra iba a ser exhibida de manera tan poco ortodoxa, así como las autoridades de Manhattan en una época de fuerte conservadurismo y cuyos lineamientos urbanísticos no estaban preparados para una construcción tan sui generis. Ante la crítica que se hacia a un edificio con mayor poder que el arte en exhibición, el arquitecto argumentaba su intención de “crear entre el edificio y las pinturas una bella sinfonía ininterrumpida, como nunca existió antes en el mundo del arte”. Tanto el mecenas como el autor murieron antes de ver terminada la construcción en 1959, después de un arduo proceso de confrontación y polémica, que culminó en el triunfo de sus ideales al erigir “un templo para el espíritu”. Wright deseaba que la arquitectura americana reflejara la unicidad de su estilo de vida democrático, sus recursos naturales y tecnológicos y su espíritu libre, en lo que él llamaba “edificios para la democracia”. Así, se concibió este edificio basado en la forma espiral, inspirándose en la forma del nautilus, concretando así un recurso de Wright al inspirarse en la plasticidad de las formas orgánicas para resolver un edificio magnífico en su funcionamiento interno y con una presencia poética en el paisaje urbano de Manhattan.
La primera intervención mayor, la sufrió este edificio con los trabajos de remodelación que tuvieron lugar en el período 1990-92, donde de acuerdo al plan original de Wright (inconclusos por razones financieras) el conjunto contaría con la adición de una torre, destinada a albergar estudios y apartamentos para artistas. Para este fin, se construyó una estructura diseñada por Gwathmey Siegel, que polémicamente completa el concepto de Wright para el museo, 35 años después de iniciada la construcción. Hoy además se han agregado al conjunto un centro de educación artística y un teatro.
La reinauguración del museo se da este año después de un largo y aún más meticuloso proceso de restauración, iniciado en 2006 para resolver un extenso problema de agrietamiento que presentaba desde su construcción en 1959, un proceso que no estuvo exento de alta tecnología, como la valoración vía láser de cada una de las grietas que presentaba el inmueble.

Templo de La Sagrada Familia, la obra cumbre de Antonio Gaudí en Barcelona

Desde la inclusión de la obra escultórica del catalán Subirachs en 1990 que no se daba una discusión mundial tan fuerte en torno a la obra del genial Antonio Gaudí y su más ambiciosa obra, inconclusa aún. La obra de Gaudí en Barcelona constituye un invaluable legado de la humanidad, que es motivo aún de estudios, posgrados y discusiones del más alto nivel intelectual y artístico. El principal problema para la culminación de esta obra reside en que el autor, de acuerdo a su genial forma de trabajar no dejó planos o documentos que orienten la forma en que visualizaba la conclusión de la obra, sino que al pie de la obra iba modificando y modelando según se iba construyendo. Aunado a lo anterior está el carácter expiatorio del templo, que condiciona la manera de financiar el continuo proceso de construcción. Los detractores de la manera en que ha sido continuada la obra de Gaudí, organizados inclusive en una asociación civil, cuestionan la calidad técnica de los constructores, así como la postura de “dejar en legado su huella en detrimento de la obra original”. La discusión ha girado desde hace muchos años (las obras comenzaron en 1908, y Gaudí murió en 1926) en torno a la, cada vez más difícil de determinar, línea que divide donde empieza y donde acaba la obra original, es decir ¿Cómo terminar la obra de un genio como Gaudí?
Los encargados de la continuación de la obra, argumentan que lo han hecho siguiendo “el espíritu de Gaudí”, sin embargo han sido cuestionados la selección de materiales, eliminación de añadidos, y modificaciones geométricas. Además de intervenciones menores entre 1965 y 1985, la última restauración fue hecha entre 1999 y 2002.

Capilla Notre Dame du Haut, Francia

Otra de las obras que se encuentran actualmente en un entorno de discusión es, ni más ni menos, del “padre de la arquitectura moderna” Le Corbusier. Se trata de la capilla de Notre Dame du Haut, construida en 1952-1955 en el pueblo francés de Ronchamp, sin duda una obra paradigmática en la trayectoria lecorbusiana, constituye un nuevo rumbo no sólo para su autor sino para la arquitectura mundial, al marcar un parteaguas entre la arquitectura funcionalista y la posmodernidad de mediados del siglo XX, que concibe edificios a partir de metáforas y analogías dotándolos de una mayor expresividad plástica.
Este año Renzo Piano construirá un convento como residencia de monjas clarisas complementaria a la capilla, en una intervención caracterizada, según el autor, por su discreción y seguramente respaldada por la trayectoria egregia de este arquitecto italiano, ganador del premio Pritzker. Los detractores de la intervención abogan por “respetar la acústica del paisaje” ya que la capilla corona una colina que se aprecia desde una gran distancia y que constituye parte primordial del encanto de este lugar. Los promotores del proyecto, por su parte, pretenden devolver a la capilla su dimensión y funcionalidad espiritual, hoy oculta por su estricta dimensión arquitectónico-turística, ya que es visitada por un promedio de 130,000 turistas al año.

A modo de corolario, la Nueva biblioteca para Seinäjoki, Finlandia

El tema de cómo intervenir una obra maestra de la arquitectura moderna, con una presencia perenne entre mis reflexiones en torno a la arquitectura, adquirió un mayor sentido cuando en 1998, realicé en colaboración con los arquitectos Mario Larrazábal y Jesús Sánchez un proyecto para concursar la ampliación de una obra de Alvaar Aalto en la ciudad de Seinäjoki, Finlandia. El proyecto (cabe mencionar que no ganamos, pero que aprendimos bastante en el proceso, y que además fue ganado por un equipo mexicano) consistía en actualizar el funcionamiento de la Biblioteca, diseñada en 1951 como un gran conjunto cívico por el maestro de la arquitectura moderna finlandesa. Así en torno a la Plaza de los Ciudadanos, se encuentran un templo, un teatro, dos edificios de oficinas gubernamentales, así como la citada biblioteca. No obstante la enorme calidad arquitectónica de cada uno de los espacios, con el cuidado del detalle que caracteriza a la obra de Aalto, la biblioteca presentaba limitaciones en cuanto a la adecuación de los cambios funcionales que la tipología sufrió en medio siglo, tales como la incorporación de la tecnología digital, y las nuevas actividades comunitarias enfocadas a usuarios específicos, como ludotecas, salas de lectura juvenil, etc.
Las recomendaciones de algunos colegas cuando debatíamos sobre el proyecto iban desde la de hacer algo invisible (“Es Alvaar Aalto, por favor!) hasta la de mimetizarse, haciendo algo muy similar a lo que el autor había hecho 50 años atrás. Decidimos asumir una postura de contraste, precisamente por respeto a un arquitecto original que revolucionó la arquitectura de su tiempo. Así, se propuso un acceso a (y a través de) la Biblioteca de Seinajoki, tocando la Plaza de los ciudadanos en un punto, ubicando el nuevo edificio en la parte posterior del original. Esta intervención, que buscaba un diálogo arquitectónico entre dos edificios correspondientes a dos distintas épocas, con necesidades funcionales, espaciales y tecnológicas diferentes, se basaba en una analogía con la simbiosis biológica en la que dos organismos interactúan de manera interdependiente, viéndose beneficiados ambos de dicha relación. A la distancia del tiempo veo este proyecto como la síntesis de una serie de ideas acerca de la honestidad expresiva de dos edificios de distinta época, coexistiendo afirmando cada uno sus ideales, respetándose y sin negarse el uno al otro.

Fuentes de información.

LIND, Carla (1996) Frank Lloyd Wright’s Public Buildings. Pomegranate Artbooks, San Francisco, California, 57 p.

MARTI, Octavio (2008) Últimas noticas de Le Corbusier. Publicado en El País 19-08-2008

SERRA, Catalina (2008) Pero…¿esto es Gaudí? Crece la polémica por la confusión entre la obra del arquitecto y la de sus continuadores. Publicado en El País 09-08-2008

Fotografías: Claudia Artolózoga del Angel (Manhattan), http://www.elpais.com/ , http://www.bluffton.edu/ y Arq. Victor Manuel Gutiérrez Sánchez.

miércoles, 13 de agosto de 2008

Renovarse o Morir. Plaza de Toros El Paseo-Fermín Rivera en SLP


Por Victor Manuel Gutiérrez Sánchez, arquitecto, intersticio74@hotmail.com

De un tiempo a la fecha, se extiende rápidamente la tendencia mundial a cubrir espacios de espectáculos al aire libre, con miras a incrementar su rentabilidad a partir de mejorar los niveles de confort de los espectadores. Esta tendencia ha alcanzado a las plazas de toros, también denominados cosos taurinos, espacios conformados a manera de anfiteatro circular, de origen europeo antiguo, destinados al espectáculo taurino, el cual goza aún de amplia popularidad en países de Iberoamérica.
En la mayoría de los casos, se trata de intervenciones en inmuebles antiguos, que se enfrentan a la disyuntiva de conservar la tradición de la fiesta, con el sol vespertino como parte de su encanto, o bien, adecuarse a las necesidades de protección ante las eventualidades climáticas en beneficio de sus usuarios. El tema de construcciones contemporáneas en espacios de valor histórico es debatible, pero está ligado a premisas como pueden ser la utilización de la alta tecnología para hacer intervenciones de calidad en lo arquitectónico, y a la renovación inmobiliaria para ampliar el uso de espacios con valor patrimonial en lo urbanístico.
El tema de la cubierta, no obstante, ha sido parte integral de espacios recreativos de uso masivo desde hace mucho tiempo. Sabemos, por ejemplo, que el Coliseo romano contaba, en el período de auge imperial, con un sistema de mástiles de madera y cables, que soportaban una cubierta desplegable de tela de vela primero y de lino después.
Tenemos también el caso de Plazas de toros cubiertas en España, donde se cuenta con una enorme tradición en torno a la fiesta brava –las plazas se dividen en primera, segunda y tercdera categoría, según antigüedad, tamaño, tradición y cantidad anual de festejos-, con ejemplos tan notables como La Victoria, la Rivera de Logrono, Pontevedra y Zaragoza, las cuales cuentan ya con algun sistema de protección que las cubre.
En México, donde se encuentra la plaza de toros más grande del mundo (Plaza México, 41,262 espectadores), se encuentran también plazas cubiertas como el Toreo de Cuatro Caminos, cubierta con un domo metálico; el Palacio del Arte, en Morelia con techo laminado de plástico traslúcido, y la Plaza de la Concordia en Orizaba, que por su parte cuenta con un domo geodésico.
La Monumental Plaza de Toros el Paseo, construcción original de Pedro Nolasco, data de 1895, y es considerada de primera en el circuito anual de corridas de toros, con la reconstrucción en 1965 agrega a su denominación el nombre de Fermín Rivera, en honor al ilustre matador potosino. La última intervención que había sufrido el edificio, se remonta al período 1986-1988, cuando se amplió su capacidad y se reforzó la estructura.
Con una intervención respetuosa del inmueble, se cubre para proteger a sus usuarios de los aspectos climáticos como el sol, el viento y la lluvia, que presenta considerablemente esta latitud, por medio de una estructura metálica perimetral al inmueble original. Esta estructura alcanza los 24 metros de altura sobre el redondel, donde se ubica el anillo interior de 11 metros de diámetro, y donde confluyen 12 medios arcos o gajos, formados por una estructura de vector activo, formada por triángulos de PTR que van de los 2 metros a los 50 cm de alto en la unión con el anillo a base de soldadura. Esta estructura busca integrarse al conjunto preexistente acentuando su simetría y se apoya sobre columnas de concreto martelinado de 60 cm de diámetro y 8 metros de altura, salvando un claro de 72 metros.
La estructura esta recubierta por una velaria, consistente en una membrana de tensión biaxial, resistente a la deformación, con carácterísticas acústicas y térmicas, un sistema de alta tecnología con un período de vida útil de 15 años. El extremo cercano al anillo es de material traslúcido, mientras que en el extremo cercano a las gradas se utilizó material opaco para mayor protección de los espectadores.
Esta impresionante obra se estrenará para los eventos taurinos organizados en torno a la Feria Nacional Potosina a fines del mes de agosto 2008, donde los espectadores podrán disfrutar ya de las comodidades de la nueva configuración de la Plaza Monumental El Paseo-Fermín Rivera, orgullo de los potosinos.

Propietario: Sr. Joaquín Guerra
Proyecto: Ing. Eduardo Gómez Domínguez
Coordinador: Raúl Villalobos Gasca
Estructura: Ing. Enrique Navarro
Velaria: Arq. Jorge Suárez Villalobos
Fotografías: Arq. Jorge Suárez Villalobos, Claudia Artolózoga del Ángel, Héctor Israel Ramírez Ramírez

lunes, 11 de agosto de 2008

LA GESTION PUBLICA COMO ESTRATEGIA PARA LOGRAR MEJORES GOBIERNOS


La Maestría en Administración (con énfasis en Gestión Pública), de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Contaduría y Administración

invita al público en general a la conferencia magistral:

"LA GESTION PUBLICA COMO ESTRATEGIA PARA LOGRAR MEJORES GOBIERNOS"

Impartido por el Dr. Enrique Cabrero Mendoza

Director General del Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE)

Entrada Libre

fecha viernes 15 de agosto 2008
hora 19 horas
lugar Auditorio del Edificio de Posgrado
Sierra Leona 550, Lomas 2a Sección

Victor Manuel Gutiérrez Sánchez

viernes, 11 de julio de 2008

Política y Arte.


Por Victor Manuel Gutiérrez Sánchez

Reflexionar sobre la relación que existe entre la política y el arte, como manifestaciones culturales ambas o mas precisamente, en el papel del arte como vehículo de significación ideológica con posibles vinculaciones políticas, es el interés del presente escrito.
Hoy que presenciamos una disolución de las barreras ideológicas en su sentido mas radical, es decir, que cada vez mas ciudadanos presentan un creciente interés en la cosa pública, trascendiendo barreras partidistas y en la búsqueda de una opinión cada vez crítica e informada, los instrumentos encargados de ampliar la conciencia humana adquieren también mayor relevancia.
En algunos ámbitos artísticos esta relación es más evidente que en otros, como podemos constatar si nos adscribimos a las bellas artes “clásicas” y la gama de lecturas se amplía exponencialmente si consideramos las “nuevas” bellas artes, como el arte urbano, digital y multimedia, entre otros.
Sería pertinente aclarar que el presente análisis no pretende hacer una apología del arte como instrumento propagandístico, sino de manera mas sutil reflexionar sobre la relación de influencia en dos vías entre el contexto sociopolítico y las expresiones culturales, donde cada sociedad produce unas formas definidas de expresión artística que, en gran medida, nacen de sus exigencias y de sus tradiciones, reflejándolas a su vez, en este sentido en lo que se pretende ahondar es en el hecho de que toda variación en la estructura social influye tanto sobre el tema como sobre las modalidades de la expresión artística (Rodríguez 1960).
Entre las mas primigenias formas de expresión se encuentran las artes plásticas –pintura, escultura y arquitectura- , en donde el problema de si la política es un elemento, un motivo o un tema válido como expresion artistica es superado ante evidencias como los aguafuertes de Goya, que muestran los desastres de la guerra, o el que tal vez es el más conocido reflejo de esta temática, el Guernica, de Picasso.
El artista, mencionan algunos autores, es un hombre dotado de una antena o un receptor mas sensible que registra la mas leve alteración (Rodríguez 1960), es a través de esta observación y sensibildad extraordinarias que los fenómenos externos van dejando huella, y es por ello que no puede ser indiferente a ninguno de los problemas que atañen a la vida de la humanidad: El artista traduce su tiempo. En este análisis, el autor nos aclara que el artista no pinta precisamente la guerra o la revolución, sino que la resonancia de estos fenómenos sobreentona dramáticamente o trágicamente su arte, y esa es la principal aportación política del artista, que logra objetivando todo lo que lo rodea, observando y analizando su entorno para transmitirlo y hacerlo evidente a la sociedad.
En tiempos recientes y de manera cada vez más evidente, se hace palpable la relación que la política guarda con el arte de crear espacios, la arquitectura, no solo por el ineludible compromiso social de esta última, sino por el hecho de que ambas comparten el fin último del bienestar humano. En otros ensayos se profundiza en la relación entre espacio, conocimiento y poder, y en el hecho de que la arquitectura es un acto político.
Tomemos ahora como ejemplo la vision de la fotografía como documento social, desde esta perspectiva, cada momento histórico presencia el nacimiento de unos particulares modos de expresión artística, que corresponden al carácter político, a las maneras de pensar y a los gustos de la época. Este enfoque fundamenta la importancia política de la fotografía como un arte visual que tiene uno de sus rasgos característicos en la idéntica aceptación que recibe de todas las capas sociales, y a través de la historia o de la mas reciente experiencia electoral, podemos comprobar el poder que la imagen tiene en la transmisión de mensajes políticos, de ahí que sea considerada como uno de los medios mas eficaces de moldear nuestras ideas y de influir en nuestro comportamiento, y de ahí tambien que la fotografía pueda ser considerada como un eficaz instrumento político, que desempeña un papel capital a la hora de despertar conciencias (Freund 1993).
En su libro La conquista musical de Mexico (1996), Lourdes Turrent, aborda el tema de la Conquista desde un plano espiritual, en el cual la música ocupó un lugar destacado en la conformación de un “esplendor del culto” a partir de lenguajes artísticos sonoros, aunado al papel vinculante que la música tuvo en la estructuración de comunidades novohispanas. En este interesante análisis del fenómeno social que de su práctica se deriva, resulta la perspectiva de la música como un lenguaje social, esto es, como un medio de expresión que posee el ser humano, junto con las artes y el habla, para identificarse, expresarse y comunicarse. Dentro del ámbito musical, destaca también el texto Ruidos, ensayo sobre la economía política de la música (1995), de Jacques Attali, que básicamente plantea que hay que aprender a juzgar una sociedad por sus ruidos, por su arte y por sus fiestas, mas que por sus estadísticas, una aproximación interesante a la música como espejo de la sociedad, donde la música es comprendida como algo mas que un objeto de estudio, ya que se plantea que es un medio de percibir el mundo, para este autor el arte lleva la marca de su tiempo, y va más allá al establecer al ruido como una forma básica de proyecto al afirmar que este es fuente de poder que siempre ha estado fascinado por su escucha, una afirmación que pudiera ser discutible, no obstante, se reafirma que la música sigue siendo una actividad esencial del saber y de las relaciones sociales. Complementa este análisis la investigación titulada Música, sociedad, educación (1991) de Christopher Small, donde se profundiza en la función de la música, como factor de influencia sobre la sociedad. En este texto se afirma que el arte…puede hacernos tomar conciencia de las posibilidades de sociedades alternativas cuya existencia no se ha dado todavía. Small plantea una nueva visión del arte, al afirmar que puede servir como modelo para una nueva visión de la educación y posiblemente de la sociedad. Para este autor, el arte es algo más que la producción de objetos bellos, es un proceso esencialmente por medio del cual exploramos nuestro medio, tanto interior como exterior y aprendemos a vivir en él. Desde esta perspectiva, el arte es una acividad tan vital como la ciencia para la sociedad como medios de exploración del mundo, pero la intención, el metodo y el tipo de realidad que exploran son muy diferentes, afirma, el objetivo del arte es capacitarnos para vivir en el mundo, el de la ciencia es capacitarnos para dominarlo. En este sentido, el arte es concebido como conocimiento y como experiencia o viviencia, a la vez instrumento para la estructuración y el ordenamiento del sentimiento y la percepción.
Se podría continuar analizando esta relación entre política y arte desde otras perspectivas, por ejemplo la de las artes escénicas, específicamente la danza, aparentemente inconexa con el contexto político, a este conjunto de movimientos con el cuerpo dentro del espacio, puede encontrarse una función comunicativa en el hecho de que dichos movimientos poseen una carga significativa, y uno de los cuatro elementos primordiales del lenguaje dancístico, además de la técnica, la actitud estética y la temática, consiste en tener una visión del mundo, entendida esta como una aproximación intelectual a la historia y a la realidad (Dallai 2001).
La experiencia teatral es profusa en ejemplos del papel que desempeña, desde su origen, como instrumento despertador de conciencias, logrando niveles profundos de comunicación por su carácter presencial simultáneo entre el actor y el espectador, ademas de que este último puede trascender las barreras idiomáticas o del lenguaje escrito acudiendo a la interpretación del lenguaje no verbal que esta manifestación presenta.
Probablemente por la inmediatez y la contundencia en la transmisión de las ideas, la cinematografía merezca un estudio aparte en el análisis de sus contenidos políticos, tan amplia como el devenir histórico de esta manifestacion artística y con innumerables ejemplos de los cuales, reconociendo y reservando omisiones, se mencionan por clarificar la relación entre cinematografía y política, El Acorazado Potemkin (Eisenstein 1925) y Metropolis (Lang 1927).
Por la vastedad que implicaría un análisis de la relacion entre la politica y la literatura, tal vez uno de los mas extensos campos de esta linea de investigación, abundante en ejemplos y complejo en demostraciones, baste mencionar a manera de ejemplo el trabajo reciente del Dr. Eduardo Subirats, investigador de la Universidad de Nueva York, que plantea una lectura multiniveles de las sociedades latinoamericanas a través del genero literario novelístico, proponiendo para el caso mexicano una interpretación de la realidad política a través del reencuentro con textos como Pedro Páramo (Rulfo 1955), por la riqueza en interpretaciones que, asegura, esta obra maestra del realismo mágico presenta.
En conclusión, pudiera afirmarse que en la circunstancia contemporánea de la sociedad, en la que los asuntos políticos han ido cambiado de arena o escenario, progresiva pero irreversiblemente, y que la cosa pública se discute principalmente en los forma digital, en los mas variados espacios públicos y en la heterogénea oferta de medios impresos y visuales, la función comunicadora del arte se posiciona en importancia, lo que deriva en un mayor compromiso social por parte de los artistas, y en una lectura cada vez mas informada, fundada en un amplio bagaje cultural por parte del espectador, que cada vez lo es menos por requerirse de este una postura crecientemente participativa y crítica.
Fuentes Documentales.
ATALLI, Jacques (1995) Ruidos. Ensayo sobre la Economía Política. Siglo Veintiuno, México, 227 pp.
DALLAI, Alberto (2001) Como acercarse a la Danza. Conaculta/Plaza y Valdés, México D.F., 154 pp.
FREUND, Gisele (1993) La fotografía como documento social. Gustavo Gili, Mass Media, Barcelona, 207 pp.
RODRIGUEZ Lozano, Manuel (1960) Pensamiento y Pintura. Imprenta Universitaria, México, 382 pp.
SMALL, Christopher (1991) Música. Sociedad. Educación. Un examen de la función de la música en las culturas occidentales, orientales y africanas, que estudia su influencia sobre la sociedad y sus usos en la educación. CONACULTA/Alianza, México, 228 pp.
TURRENT, Lourdes (1996) La Conquista Musical de México. Fondo de Cultura Económica, México D.F., 21 pp.